Sábado 20 de Octubre de 2007 Edicion impresa pag. 40 > Policiales y Judiciales
Sancionan y suspenden la matrícula a una abogada de Bariloche

BARILOCHE.- El Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de Bariloche sancionó a una abogada con una advertencia y la suspensión de la matrícula por 60 días, en caso de no resignar sus honorarios, por actuar de manera negligente -según observó el organismo- en el seguimiento de una causa que patrocinaba.

Según informó la agencia ADN, se trata de la abogada Irene Da Silva Evora, que en mayo de 2002 comenzó a patrocinar a una mujer que desde 1999 era el 100 por ciento "incapaz" para la Justicia por un diagnóstico de Alzheimer y demencia multiinfarto, sobre la que recayó años después un embargo de su vivienda por el cobro de honorarios.

La negligencia de la abogada fue alertada por uno de los hijos de la mujer y la asesora de menores e incapaces, Marta Pereyra, cuando en septiembre de 2004 se le informa que se había trabado un embargo de la única vivienda familiar por sus honorarios de una causa civil por accidente de tránsito. Con intereses, eran 10.000 pesos.

Los honorarios que pretendía cobrar la abogada se referían a una causa civil que la mujer perdió por "caducidad de instancia" debido a que no se concretaron las presentaciones pertinentes en los plazos otorgados.

El posible embargo y la confirmación de la obra social de la mujer de que había sido declarada "jurídicamente incapaz" de manera retroactiva a 1999, determinó el inicio de la denuncia ante el Tribunal de Disciplina que tardó cerca de un año y medio en resolver.

La sanción fue avalada por los miembros del Tribunal, Mercedes Lasmartes y Pablo Devoto, mientras que Robert Eiletz propuso una sanción más severa, con la suspensión definitiva de la matrícula de abogada.

Una vez iniciada la denuncia, Da Silva Evora respondió junto a su patrocinante, Rodolfo Rodrigo, que tuvo "problemas en cuanto a la firma de escritos" con la mujer en diciembre de 2005 y posteriormente le informó por teléfono que ya no quería su patrocinio.

El Tribunal de Disciplina entendió que "no se da solo una actitud negligente sino que hay un acto voluntario de la profesional que excede el marco de la mera conducta negligente" y agrega que la abogada "inicia ejecución de sus honorarios" contra sus patrocinados cuando la causa caducó por su responsabilidad.

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