Jueves 20 de Septiembre de 2007 Edicion impresa pag. 33 > Policiales y Judiciales
El STJ le negó la excarcelación al lavacoches cipoleño David Sandoval
Está condenado a prisión perpetua por la denominada "masacre del laboratorio", aunque aún la sentencia no está firme

ROCA (AR).- El Superior Tribunal de Justicia rechazó el pedido de excarcelación de David Andrés Sandoval que había sido presentado por los abogados Eves y Gerardo Tejeda, ya que a criterio de los integrantes del máximo órgano judicial de la provincia, el condenado a prisión perpetua -aunque la sentencia no está firme- por la denominada "masacre del laboratorio" eludirá la acción de la justicia.

En el recurso de casación que habían presentado los defensores, se argumentaba que "los plazos establecidos en los código y leyes especiales deben aplicarse inexorablemente y no pueden ser suplidos, flexibilizados o desconocidos por ninguna interpretación judicial". Los abogados hicieron mención a la ley 2.941, que establece que la prisión preventiva no puede superar los dos años, aunque también prevé dos prórrogas. También mencionaron la "conducta intachable" del imputado mientras estuvo en libertad y su responsabilidad con la justicia.

Para los integrantes del Superior Tribunal de Justicia, el recurso de casación fue interpuesto cuando ya se había vencido el plazo, "porque su presentación se realizó superando ampliamente el término de los diez días hábiles".

Con respecto al pedido de libertad por haber cumplido más de dos años con prisión preventiva, los magistrados coincidieron en que "el mantenimiento de la detención de David Andrés Sandoval deriva de que con la sentencia definitiva, aunque no firme, el imputado fue hallado culpable de tres homicidios calificados, por lo que se lo condenó a prisión perpetua. No es difícil vaticinar que recuperada su libertad, su naturaleza humana lo llevará irremediablemente a intentar sustraerse del accionar de la justicia".

"Cabe ponderar -explicitaron los jueces Luis Lutz, Alberto Balladini y Víctor Sodero Nievas- la evidente complejidad de los hechos juzgados en la causa principal y la dificultad para el esclarecimiento de la verdad, lo que ha impedido la finalización del proceso en un plazo menor. Prueba elocuente de ello es que, en la oportunidad de la etapa de juicio, en la causa principal se dictó una sentencia absolutoria de dos imputados, con reenvío para que se realizara un nuevo debate, el que terminó con el dictado de la sentencia condenatoria no firme- de David Andrés Sandoval".

El imputado fue condenado por los crímenes de Alejandra Carbajales, Mónica García y Carmen Marcovecchio.

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