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  Miércoles 05 de Septiembre de 2007
  » Policiales y Judiciales  
  Seis años por abusar de una paciente de Salud Mental  
La Cámara Primera del Crimen dictaminó el cumplimiento efectivo de la condena para un hombre de 64 años. La pena es la mínima prevista para el abuso sexual agravado.
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SAN CARLOS DE BARILOCHE.- Los jueces de la Cámara Primera del Crimen le impusieron seis años de prisión de cumplimiento efectivo a Mario Pardo, un hombre de 64 años que violó a una paciente de Salud Mental en una dependencia del Hospital Zonal, donde la víctima estaba internada debido a una descompensación psicótica, y el acusado trabajaba como empleado de maestranza.

La pena es la mínima prevista para el abuso sexual agravado, que se consuma cuando existe penetración, circunstancia que los jueces consideraron acreditada, pese a que el imputado siempre lo negó, y sólo aceptó haber manoseado a la víctima.

Los hechos atribuidos al acusado, de 64 años, habrían ocurrido entre el sábado 26 o el domingo 27 de febrero de 2005 en una dependencia del hospital a la que el imputado tenía acceso. De acuerdo a la declaración de la víctima, una joven de 25 años que padece un cuadro de esquizofrenia, al verla fumando en los pasillos el imputado la habría invitado a fumar en un lugar donde no molestaría, la llevó a una habitación donde había un catre, y le pidió que se desvistiera para hacerle "algo lindo". Allí, según la joven, habrían mantenido relaciones sexuales con penetración y eyaculación fuera de la vagina, y según el acusado sólo se trató de manoseos y juegos sexuales con eyaculación, dado que no la pudo penetrar.

Ante la confesión del acusado, el punto en disidencia y a investigar por los jueces es si hubo o no penetración, detalle que califica al delito y agrava muchísimo la pena, dado que en lugar de ser de seis meses a cuatro años es de seis a quince años de prisión.El defensor del acusado, Marcelo Alvarez Melinger, se opuso a la incorporación por lectura de los dichos de la víctima, e hizo reserva de recurrir en casación por no poder interrogarla en el debate. Consideró que su declaración fue contradictoria y pidió que al acusado le impongan seis meses de prisión en suspenso por violación en grado de tentativa.

Los profesionales que atendían a la víctima declararon en concordancia y aseguraron que padece una patología crónica y cuando está internada por descompensación no es dueña de su voluntad, ni puede consentir libremente las relaciones sexuales.

En la causa se expone que antes de Pardo la habrían accedido otros hombres en el hospital, entre ellos uno a quien ella denominó "el cordobés", hechos que no fueron investigados en profundidad. Sin embargo, el juez Alejandro Ramos mejía le hace un severo reproche al acusado, quien estaba a cargo de la puerta del área de salud mental, porque no podía desconocer la situación de la víctima "y no se arredró en la invitación para luego conseguir su cometido".

Una prueba de ADN realizada sobre las ropas de la víctima fue concluyente para responsabilizar al procesado, que a juicio de los magistrados aprovechó que la mujer se hallaba sumida en un trastorno esquizofrénico y una descompensación psicótica para lograr sus propósitos.

 

Fuente: (AB).


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