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  Miércoles 29 de Agosto de 2007
  Edicion impresa pag. 10 » Regionales  
  Mujeres de ATE van a juicio correccional  
Las juzgan por "impedimento y estorbo funcional", al evitar que funcionarios realizaran labores en el Distrito Educativo IV.
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  El Distrito Educativo fue el escenario de la protesta que ahora derivó en el juicio.
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  El Distrito Educativo fue el escenario de la protesta que ahora derivó en el juicio.
 

JUNIN DE LOS ANDES (ASM).- Dos mujeres dirigentes de ATE en esta ciudad serán sometidas a juicio correccional por "impedimento y/o estorbo funcional", luego de que la Cámara zapalina ratificara la decisión de primera instancia, a propósito de un episodio ocurrido en junio de 2006, cuando Soraya Abraham y Silvia Pargade participaron de una ocupación del edificio del Distrito Regional Educativo IV, impidiendo "el ingreso y egreso de documentación propia de la repartición".

El juez Federico Sommer, que llevó el caso a pedido del requerimiento fiscal, aclara en sus fundamentos que el juicio promovido no está ligado con la protesta gremial en el distrito, sino con la atribuida obstrucción del normal funcionamiento de esas oficinas.

Entre otros inconvenientes, se impidió que una persona cobrara sus remuneraciones en tiempo y forma, lo que a la postre derivó en la denuncia penal.

En concreto, el requerimiento atribuye a Soraya Abraham y Silvia Pargade, que "en fecha 1 de junio de 2006 y por unos treinta días junto a otras personas no identificadas, mediante la ocupación del edificio del Distrito Regional Educativo IV, impidieran el ingreso y egreso de documentación propia de la repartición, como así de personas que concurren a realizar trámites desde los distintos establecimientos escolares; impidiendo y/o estorbando a la señora directora Brunilda Rebolledo, en su carácter de funcionaria responsable, cumplir con un acto propio de sus funciones".

La defensa interpuso una "excepción de falta de acción", por entender que se acusaba a ambas dirigentes por llevar adelante una medida de fuerza gremial legítima, y que se las estaba persiguiendo por actos de protesta gremial, cuando ambas están amparadas por la nueva Constitución Provincial en sus artículos 39 y 43, que rezan sobre el derecho de huelga y protección al fuero sindical.

En su decisión -ratificada por la Cámara de manera unánime- Sommer desestima ese encuadre y advierte que adherir a esa tesis permitiría oponer tal excepción "sui generis" a todo ilícito cometido por trabajadores en ejercicio de actividades sindicales. Con igual tenor, cita, se ha expedido la Cámara Criminal de Neuquén en un fallo de 2002.


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