Martes 28 de Agosto de 2007 Edicion impresa pag. 17 > Municipales
El TSJ dio luz verde a los concursos para contratados
Tras conocer la medida, el intendente Quiroga habilitó las designaciones.

NEUQUEN (AN).- El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) desestimó un pedido para que se suspenda la ejecución del decreto que reglamenta los concursos internos de los que participan trabajadores contratados. La medida cautelar fue tramitada por una empleada del municipio ante la secretaría de Demandas Originarias del TSJ pero el máximo órgano judicial la desestimó a través de un fallo el miércoles pasado.

Así lo hizo público ayer el secretario General y de Gobierno, Guillermo Carnelli, quien habló con la prensa y defendió los términos del decreto 288/07.

Carnelli comentó que la firma del decreto que dispone el pase a planta permanente de agentes contratados que rindieron y aprobaron sus respectivos concursos, se demoró por decisión del intendente Horacio Quiroga, a la espera de la resolución judicial.

En ese marco destacó que luego de obtener la luz verde por parte de la justicia el jefe comunal firmó el decreto en cuestión el viernes pasado.

En la resolución, el TSJ sostiene que "la ilegitimidad del decreto municipal -impulsada por la accionante- no se evidencia de la simple lectura de los artículos referenciados ni de las ordenanzas citadas, como tampoco del relato de los hechos". En ese sentido se entiende que "son necesarios mayores elementos de juicio, ponderación de situaciones y profundidad de análisis".

"En definitiva -añade el fallo-, no alcanza con la invocación de que 'prima facie' se tiene razón, ya que debe desvirtuarse, de alguna manera, la presunción de legitimidad de que gozan los actos administrativos". El tribunal advierte que empleada que interpuso el recurso "no ha impugnado administrativamente el decreto ni ha acreditado que en dicha sede haya solicitado la suspensión de la ejecución del acto" que pretende impugnar, esto es: el reglamento de los concursos.

Al respecto, asegura que la peticionante tampoco "ha acreditado qué perjuicio grave provoca el reglamento de concursos aprobado (por la referida normativa del Ejecutivo), obviándose toda consideración a los perjuicios que sufrirán los terceros -eventuales concursantes- o los agentes municipales con la aplicación del reglamento".

"La ausencia de estos requisitos esenciales -acreditación de un daño grave- (...) impiden la concesión de la misma en los términos en que ha sido solicitada", se explayaron los jueces de TSJ.

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