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  Martes 28 de Agosto de 2007
  Edicion impresa pag. 31 » Policiales y Judiciales  
  Tres años en suspenso por balear a su mujer y a un compañero de trabajo  
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ROCA (AR).- Un tomero de Regina que a mediados de 2005 hirió de un escopetazo a su mujer y a un compañero de trabajo al pensar que ambos mantenían una relación sentimental, no irá a prisión, ya que durante un juicio abreviado llevado a cabo ayer en la Cámara Segunda del Crimen se acordó imponerle la pena de tres años de prisión en suspenso.

El imputado es Roberto Daniel Córdoba, de 42 años, quien si bien en la instrucción de la causa nunca declaró, se habría hecho cargo de la agresión cuando la policía llegó a la chacra 96, donde su mujer Marciana Bascur y su compañero de trabajo José Luis Lagos estaban heridos aquel 25 de agosto de 2005.

Según declaró la mujer en su momento, ella estaba charlando con Lagos, y cuando éste se estaba por ir le fue a dar un beso en la mejilla. Sin embargo, dijo, "di vuelta la cara y me besó en la cara sin querer".

Justo en ese momento, Córdoba estaba presenciando la escena con una escopeta calibre de 16 en sus manos. Primero les preguntó si le "habían visto la cara de pelotudo", luego le dijo a la mujer que se acercara, y cuando estaba a pocos metros, primero le pegó un culatazo con el arma y luego disparó la escopeta. Los perdigones alcanzaron un brazo de la mujer, y la pierna de Lagos, quien se encontraba detrás.

Marciana Bascur corrió hasta su casa, donde se encerró junto a sus hijos en una pieza. Lagos no pudo buscar resguardo, ya que cayó al suelo. Cuando estaba en esa posición, recibió un segundo disparo que le dio en el hombro.

En base al relato de uno de los policías que llegó al lugar apenas cometido el hecho, quedó en claro que Córdoba no quiso matar a Lagos, ya que tuvo la oportunidad de hacerlo mientras estaba en el suelo, y además pidió el celular a su hija para llamara a una ambulancia.

Según el policía Angel Bravo, al llegar al lugar encontró a Córdoba, quien le dijo en relación a Lagos: "me estaba cagando... no lo maté porque no quise... porque lo estimo mucho... el arma está apoyada en la pared".

Tras ponerse de acuerdo las partes, se acordó

una pena de tres años de prisión en suspenso por el delito de "lesiones graves y lesiones graves agravadas por el vínculo, agravados por haber sido cometidos con el uso de arma de fuego, ambos en concurso ideal, todo en concurso real con el delito de tenencia de arma de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal".


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