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  Sábado 25 de Agosto de 2007
  Edicion impresa pag. 24 »  
  Acceso a la información judicial  
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los ciudadanos tienen el derecho de solicitar y recibir la información pública de una manera completa, veraz, adecuada y oportuna. Todos los ámbitos del poder político estatal deben dar a publicidad sus actos. Ello es esencial a la transparencia de los actos gubernamentales. Más en este momento, en el que la sociedad percibe hechos de corrupción graves en el Estado. El dar a conocer el accionar estatal y permitir el acceso a saber de lo público ayudan al control de las actividades de los gobernantes de turno y es el mejor antídoto a cualquier acto de descomposición en la tarea de gobernar. Colabora también a reanudar la confianza en una democracia representativa en crisis. Pero hay que tener presente, siempre, que la medida de la debida tutela y eficacia democrática del ejercicio del derecho humano al acceso a la información pública la da el nivel de poder que adquieren los más débiles del sistema para participar, defender sus derechos y controlar al poder. Ya que los poderosos han podido hacerlo siempre, al lograr obtener la información de lo público por sistemas formales o informales, aunque de modos más costosos y a veces menos confiables.

La información a brindar por el Estado toma un matiz especial en lo que respecta al Poder Judicial. La misma hace, en gran medida, a la médula del peso moral fundamental que debe tener dicho poder para la credibilidad en su accionar. Los jueces logran su autoridad en la medida en que el pueblo pueda ver su sometimiento a la ley, conducta ética, contracción a la función, transparencia de gestión, independencia de otros poderes, formación técnica y prontitud en las resoluciones.

Los magistrados representan la cara del Estado ante el ciudadano con nombre propio. Ellos son los que tienen, desde el poder que ejercen en los casos concretos, la trascendente función de decidir respecto del honor, la libertad y los bienes de las personas. Puede haber leyes, pero son los magistrados los que, en cada juicio específico, las interpretan y resuelven, otorgando premios y castigos. Porque no es lo mismo una ley dictada que una ley aplicada. La primera no rompe, necesariamente, las estructuras delictivas y de corrupción, mientras que la segunda sí. Por eso, la información de los actos del Poder Judicial es un tema de especial preocupación individual y social.

Asimismo, en el ámbito judicial es donde, al brindar información, hay que asegurar los recaudos esenciales para una adecuada administración de justicia y equilibrar el requerimiento social de conocer, con los derechos a garantizar a cada ciudadano sometido al accionar jurisdiccional, como por ejemplo, el derecho a la intimidad, la protección de la minoridad, etc.

A su vez, no se puede comprender al Poder Judicial si no se sabe lo que hace, cómo lo hace y los inconvenientes que afronta para llevar adelante la función que le es propia.

Por ello, la Comisión Permanente de Protección de la Independencia Judicial, organizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al constituirse el 29 de setiembre del 2006, como primera medida dispuso que anualmente se haga conocer y se publique un informe general de la situación de los poderes judiciales del país, en cuanto a la vigencia de las condiciones de independencia.

También, en clara conciencia de la necesidad de abrir las puertas del Poder Judicial, reunidas todas las estructuras representativas del Poder Judicial de Argentina, en Santa Fe, en el 2006, establecieron que era de particular importancia "la difusión de las decisiones judiciales con el objeto de permitir a la comunidad una comprensión más acabada del quehacer judicial". Para ello, determinaron que se "fomentará la formación de un cuerpo de profesionales en comunicación, a fin de colaborar y asistir a los magistrados en las tareas de difusión e información que estimen correspondientes".

Lo antes referido debe mejorar el conocimiento del accionar judicial y facilitar, especialmente, la fundamental tarea del periodismo. Más aún, hay que tener presente que no toda información judicial es noticia que les pueda interesar a los medios de difusión dar a conocer, ni toda aquella dada por los mismos refleja información que tenga importancia o trascendencia para el análisis o comprensión de decisiones judiciales.

Por lo que las nuevas ópticas del tema implican también la necesidad de que la información se brinde con la tecnología que permita acceder a ella a la mayor cantidad de personas, con la máxima velocidad y a través de diversos canales. En esto último está cumpliendo un papel revolucionario la utilización de internet. Al respecto, cabe destacar que en nuestro país ha habido avances importantes en la conceptualización y asunción del desafío de dar la información judicial por la red, en calidad y respeto de derechos. Así el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro determinó que son de aplicación obligatoria, en el Poder Judicial de dicha provincia, las llamadas "Reglas de Heredia". Estas son las que establecen pautas mínimas para la información judicial en internet, que fueron aprobadas el 9 de julio del 2003 en la localidad de Heredia, en Costa Rica. En el país centroamericano, con la participación de varios ministros y magistrados de Cortes Supremas de países de América del Sur y Central, se analizaron las ventajas y dificultades de los sitios de los poderes judiciales en internet, los programas de transparencia y la protección de los datos personales, y se formularon las reglas.

Pero para optimizar el acceso a la información de los tribunales hay que tecnificar al Poder Judicial argentino de manera integral y unificando criterios en la materia. En nuestro país hay mucha disparidad en la infraestructura de funcionamiento de los tribunales. Existen juzgados en los que gran parte de la tarea se realiza escribiendo a mano. Algunos en los que la tecnología central es la máquina de escribir tradicional y otros en los que hay computadoras, acceso a internet y expedientes con códigos de barra, cuyo trámite se puede seguir por la web. Con tanta diversidad de modos tecnológicos de funcionar, no es fácil unifi-car el acceso a la información judicial de manera compatible e igualitaria.

El esfuerzo para superar los inconvenientes es necesario hacerlo y pronto, porque sólo una sociedad debidamente informada sobre la tarea del Poder Judicial puede sumarse, integralmente, al acto de otorgar a cada uno lo que le corresponde. La justicia es un valor a lograr entre todos.

 

(*) Abogado constitucionalista.

Presidente de la Asociación

Iberoamericana de

Derecho de la Información y de la Comunicación (AIDIC).

 


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