Lunes 04 de Junio de 2007 Edicion impresa pag. 39 > Sociedad
Buscan legalizar derechos a las parejas del mismo sexo
Presentaron un proyecto en la Legislatura rionegrina

VIEDMA (AV).- La convivencia de las parejas del mismo sexo tendrá un carácter formal en Río Negro. La escasa normativa existente para reconocer ese tipo de relación será dotada de más criterios de aplicabilidad si se aprueba un proyecto de ley cuyo objetivo es que cualquier trámite se pueda desarrollar en los Juzgados de Paz.

Los antecedentes básicos son los preceptos de la ley 3.736, que sólo contiene un reducido texto que permite certificar mediante declaración jurada su convivencia ante una autoridad competente. La intención es que esa declaración jurada permita ejercer todos los derechos y obligaciones que la legislación provincial establece para las parejas convivientes.

La norma lleva cuatro en vigencia pero sin aplicarse, dado que nunca se especificó qué organismo podía hacerse cargo de los trámites. Por tal motivo, la legisladora Susana Holgado impulsó una iniciativa ante el parlamento rionegrino con el propósito de que la autoridad de aplicación sean los Juzgados de Paz. Paralelamente, consideró necesario que se incorpore un artículo que establezca que la declaración jurada que acredita la convivencia de la pareja quede disuelta por mutuo acuerdo, por voluntad unilateral de uno de los miembros, por matrimonio posterior de uno de los miembros o por muerte de uno de los integrantes.

Recordó que la "la ley provincial 3.736 puso una vez más a nuestra provincia un paso adelante con respecto a legislación provincial. Apenas cinco días después de su sanción fue aprobada la ley 1.004 referente al mismo tema en la ciudad autónoma de Buenos Aires". Insistió en que "nuestra Constitución establece que todos los rionegrinos son iguales ante la ley, esto sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social" por lo tanto, interpretó que "la unión entre dos personas significa que el Estado reconoce y vela por los derechos y obligaciones mutuas que existen entre ellas. Sin embargo, desde su promulgación, esta ley no ha sido reglamentada".

En el caso de que la disolución se realice por voluntad unilateral de uno de los miembros, la declaración jurada operará a partir de la denuncia efectuada ante el Juzgado de Paz por cualquiera de sus integrantes. En ese acto, el denunciante deberá acreditar que ha notificado fehacientemente su voluntad de disolverla al otro integrante de la unión civil. Holgado cuestionó los impedimentos que sufren las parejas no reconocidas por el Código Civil. Ilustró como un caso en que un integrante de la pareja se encuentra enfermo y el otro no puede acompañarlo en el hospital, sea hombre o mujer, o cuando ambos han construido un patrimonio en común.

Se optó por los Juzgado de Paz ya que el Registro Civil, por impedimento legal, no puede tomar este tipo de trámites.

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