VIEDMA.- La Justicia ordenó que las estaciones de servicio de Río Negro que cobran un plus por el expendio de combustible que deben informarlo en el ingreso y en la salida a la playa.
El STJ adoptó esta "medida cautelar" frente a un amparo colectivo presentado recientemente por la Defensora del Pueblo, Ana Piccinini, quien solicitó se disponga "la ilegalidad" del mencionado cobro, denominado "servicio de playa" y consistente en 10 centavos por litro.
El máximo cuerpo judicial decidió abocarse al análisis de la presentación de la Defensora pero, en principio, dispuso aquella acción por 30 días para que se informe y se exhiba si se cobra ese plus en el combustible, que alcanza mayormente a las estaciones de "bandera blanca".
La Defensora había solicitado como "medida cautelar" que se suspenda ese cobro y se ordene esa decisión a la Cámara de Expendedores de Combustibles y Afines de Río Negro y Neuquén. Pero, el STJ abrió el trámite de análisis del amparo y dispuso inicialmente que se informe en el ingreso a la playa si se aplica el cuestionado adicional.
Según la notificación, ese tribunal ordenó que "en un plazo de 30 días las estaciones de servicio deberán publicar, exhibir e informar de modo claro y visible el precio más el adicional al ingreso y salida de playa a los usuarios y consumidores todo plus cobrado en estos conceptos". Se agrega que así se pretende "asegurar la libertad de contratación, la buena fe y la debida información del público".
Fuente: (AV).