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Lunes 02 de Abril de 2007
 
Edicion impresa pag. 29 > Sociedad
USUARIOS Y CONSUMIDORES: Una buena para los deudores del Hipotecario
Una ley sancionada recientemente por el Congreso creó una comisión que se encargará de revisar todos los casos en que los deudores "pre - convertibilidad" resultaron perjudicados.
El banco perdió varios juicios que le iniciaron adjudicatarios de la región por los excesivos ajustes de interés.
El banco perdió varios juicios que le iniciaron adjudicatarios de la región por los excesivos ajustes de interés.
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Es ciertamente conocido el caso de los deudores "perjudicatarios" del ex Banco Hipotecario Nacional que contrajeron préstamos por una suma determinada de dinero y terminaron pagando, en muchos ejemplos, hasta el triple. La buena noticia sobre esta cuestión es que una ley recientemente sancionada en el Congreso podría contribuir a terminar con la situación de incertidumbre y las nulas garantías legales en que los perjudicados estuvieron sumidos a lo largo de estos años

Diversos fallos judiciales, de tribunales de la región y de todo el país, demostraron que durante el desarrollo de los créditos el banco introdujo mecanismos de indexación encubierta a través de la capitalización de la tasa de interés que modificaron sustancialmente el monto de la deuda originalmente contraída por el adjudicatario.

Dada esta situación de clara injusticia contra el deudor, a fines de noviembre del año pasado el senado aprobó sobre tablas la Ley 26.177, cuyo objeto es introducir una modificación al artículo 23 de la Ley 25.798 del 2003.

El objetivo de la modificación es analizar los casos de deudores que contrajeron la deuda con el banco con anterioridad a la ley de convertibilidad y que hasta el momento no se encontraban contemplados por ninguna normativa.

En concreto, la idea es realizar el recálculo de la deuda que otorgue mejor posición al deudor aunque, claro está, dicha operación será comparada con el importe reclamado por la entidad acreedora al solo efecto de determinar la razonabilidad de la misma.

Es así que después de un plazo establecido, una unidad que estudiará los casos deberá elevar al Congreso una propuesta definitiva que puede contemplar quitas, recálculo de cuota o subsidios. Mientras tanto, la normativa especifica que no podrán ejecutarse los mutuos hipotecarios involucrados y la demora no devengará intereses compensatorios ni punitorios, ni gastos a cargo del deudor.

El artículo 23 modificado crea la "Unidad de Reestructuración", que tendrá por objeto "el análisis y propuesta de reestructuración de la totalidad de los mutuos hipotecarios pactados entre los adjudicatarios y el Ex Banco Hipotecario Nacional, concertados con anterioridad a la vigencia de la convertibilidad del austral dispuesta por Ley Nº 23.928".

Dicha unidad se integra por un representante del Ministerio de Economía (quien ejerce la presidencia), un representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, un representante de la Cámara de Diputados de la Nación, un representante de la Cámara de Senadores, un representante del Banco Hipotecario S.A. y un representante de las Asociaciones de Deudores del ex Banco Hipotecario Nacional.

A partir del trabajo de esta comisión se determinará, en cada caso, el saldo actualizado de cada contrato.

Si bien es cierto que la norma fijó un plazo a la Unidad de Reestructuración para expedirse (90 días desde su conformación) lo más probable es que ese período deba prorrogarse, dada la importante cantidad de casos que deben revisarse.

Por estos días, un grupo de abogados que patrocinan a perjudicatarios de la región se trasladará a Buenos Aires para participar de las discusiones y aportar ideas a la comisión.

 

El banco "de todos"

 

El abogado roquense Mario Álvarez, que lleva varios juicios contra la entidad crediticia, admite la importancia de la ley por cuanto significa un reconocimiento de la situación de aquellos deudores, anteriores a la Ley de Convertibilidad de 1991, que más sufrieron las modificaciones a las condiciones originales del préstamo.

De todos modos, reconoce que la sanción de la norma trae aparejada cierto interés político, en vistas del año electoral que el país está transitando. Por otro lado, agregó que el Banco Hipotecario merece la sanción de una ley específica que tenga por objeto la revisión de todos los préstamos que hizo la entidad y no la situación actual, en la que se modificó una ley que en sus orígenes nada tiene que ver con el banco.

Álvarez explica la situación de ilegalidad en que se vieron envueltos los perjudicatarios afirmando que "como estaba prohibido por ley la indexación, el banco modificó y capitalizó mes a mes la tasa de interés, hecho que llevó a que los créditos engordaran de una manera abrupta".

Es así que los consumidores de esos créditos podían terminar involucrados en dos situaciones igualmente desfavorables: o crecía abultadamente la cuota mensual que tenían que pagar o crecía el tiempo de cancelación de la deuda, es decir el número de cuotas. Ahora bien, ya sancionada la ley, resta esperar definiciones por parte de la Unidad de Reestructuración, que evidentemente no cuenta con el tiempo necesario para analizar todos los casos. Por esta razón, el abogado recomendó a los perjudicatarios acudir a las reuniones, con la representación de sus abogados, para defender sus intereses, llevando los antecedentes judiciales de la zona.

Cabe destacar que mientras tanto, dado que no existe la certeza de que la comisión resuelva un resultado favorable a los deudores, los juicios contra el banco continúan.

Como corolario a la serie de juicios y la sanción de la ley, Álvarez enfatizó la necesidad de pugnar para que el Banco Hipotecario vuelva a ser lo que era en sus inicios: una herramienta del Estado para darle la vivienda propia a aquellas personas que no cuentan con los medios necesarios para ello.

 
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02/04/2007, 13:43:56

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Bruno, Juan Antonio
Me interesa aportarle a los deudores perjudicatarios, otros errores "administrativos" que afectan significativamente los calculos que el BHN en su oportunidad hiciera para cada operación y que aumenta las distorsiones ocasionadas por la indezación encubierta. Pongo a disposicion del Dr Mario Alvarez los antecedentes recabados despues del analisis realizado sobre mas de 50 creditos de nuestra Provincia.
02/04/2007, 17:50:18

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PETRINI ALBERTO
deudores ex Bco.Hipotecario.--agradezco me informen si yá funciona la unidad de reestructuración y si arribó a algunos resultados en cuanto al recálculo de las deudas contraidas con el Banco antes de la ley de convertibilidad.- muchas gracias.-
Diario Río Negro.
Provincias de Río Negro y Neuquén, Patagonia, Argentina. Es una publicación de Editorial Rio Negro SA.
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