SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El Concejo Municipal tiene en sus manos una delicada modificación normativa que facilitará las tramitaciones para la construcción de viviendas y el acceso a los servicios de los poseedores de tierras, excluídos del Código de Edificación.
La modificación de la norma busca asimilar el concepto de propietario -exigido para la tramitación de obras- a las categorías de poseedores legítimos tipificados en el Código Civil.
Su impulsor, el concejal de Encuentro Andrés Martínez Infante, pidió a sus pares una reunión conjunta de comisiones para acelerar las consideraciones pendientes y llevar la iniciativa a sesión plenaria cuanto antes, en "atención a la implicancia del tema".
En su actual redacción el proyecto elimina los "certificados de ocupación" que extiende el Ejecutivo a las familias asentadas o aspirantes a lotes de las tomas para facilitarles el acceso a los servicios esenciales, traspasando a las concesionarias la responsabilidad de certificar la posesión.
El artículo 2 incorpora al Código de Edificación un inciso destinado a "proyecto de las instalaciones complementarias". Este obliga a las empresa prestadoras de servicios a requerir títulos de propiedad o la "información sumaria ante juez de Paz y dos testigos que abone la calidad de posesión quieta, pacífica e ininterrumpida por un plazo no menor de tres años".
Martínez Infante consideró que la entrada en vigencia de este artículo relevaría al municipio de la obligación de certificar la ocupación. En cambio prefirió no opinar sobre los "certificados provisorios" entregados por el Ejecutivo.
El tema no tuvo repercusión en el Deliberante donde la mayoría de los concejales consultados desconocieron el otorgamiento de certificados provisorios a ocupantes virtuales.
Sólo el asesor letrado, Federico Lutz, se atrevió a opinar que la extensión de "certificados de ocupación" a personas que no ejerzan la toma efectiva del terreno reclamado constituiría una irregularidad grave por parte del municipio.
El director de Tierras, Jorge Paolinelli, explicó a "Río Negro" la semana pasada que "en Nahuel Hue tenemos dos tipo de certificados, uno es provisorio con una validez de 30 días para tramitar la conexión de servicios y se lo damos a aquel que detenta la posesión pero no lo habita y después cuando lo habita se le da el definitivo que es un certificado de ocupación sin vencimiento".