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Miércoles 28 de Marzo de 2007
 
Edicion impresa pag. 17 > Municipales
El CD neuquino analiza el contrato de CALF
La nueva conseción es vital para la normalización de la prestación del servicio y evitar colapsos en las redes eléctricas. Se descuenta la aprobación legislativa por parte de los concejales.
Con la nueva relación, CALF podrá tener un marco legal y será reconocida por Nación en calidad de distribuidora.
Con la nueva relación, CALF podrá tener un marco legal y será reconocida por Nación en calidad de distribuidora.
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NEUQUEN (AN).- El Ejecutivo Municipal ingresará oficialmente hoy al Concejo Deliberante el contrato de concesión del servicio de distribución de energía eléctrica de la ciudad de Neuquén, cuya aprobación legislativa está descontada y dará respaldo jurídico a la prestación de este servicio público.

Desde 1997 la relación entre CALF como prestadora y la municipalidad como poder concedente ha sido de hecho, luego del dictamen de la Justicia que declaró inconstitucional la ordenanza que autorizó la concesión directa a la cooperativa.

La reforma de la Constitución de Neuquén, en el 2006, habilitó su otorgamiento sin necesidad de licitación. Sobre esta base, la municipalidad adjudicará el servicio a CALF por 10 años con opción a 50 si los neuquinos aprueban la extensión en un referéndum.

Este contrato facilitará a CALF el acceso a préstamos bancarios y a financieras que en los últimos 10 años le estuvo vedado, por no tener normalizada su situación como prestadora.

Le permitirá, además, ser reconocida por la Nación en calidad de distribuidora, al encuadrarse en la ley 24.065 que regula la generación, transporte y distribución de la energía eléctrica.

Para tener validez legal, este contrato debe ser validado por el Concejo Deliberante. No hay bloque político que se oponga al espíritu de normalizar la prestación para evitar un colapso de energía en la ciudad de Neuquén por falta de inversiones y mantenimiento adecuados.

Este contrato se complementa con cuatro anexos referidos al régimen de suministro, normas de calidad de servicio y sanciones, régimen tarifario y cuadro tarifario inicial, e incorpora siete cláusulas transitorias que ponen en evidencia el esfuerzo de la administración Quiroga para que la cooperativa normalice su situación.

Se la autoriza a retener a su favor el 25% del monto correspondiente a la tasa por la ocupación del espacio público (equivalente a 1.5% de 60.000.000 de pesos) y a percibir durante el primer año del contrato el 15% de aporte de capitalización (unos 8.000.000 de pesos) sobre todos los conceptos de energía a facturar a cada usuario, excepto en el caso de las tarifas sociales.

En la misma dirección el municipio le reconoce durante cinco años un nivel total de pérdida técnica y no técnica de energía eléctrica de 20%, equivalente a 1.200.000 pesos por año. En contrapartida, la entidad deberá invertir este año en redes 1.000.000 de pesos en los asentamientos legalizados para que no haya más enganchados.

Estas cláusulas asegurarán a CALF no menos de 15.000.000 pesos con destino específico a obras e inversiones en máquinas, transformadores y redes.

Este mismo año CALF deberá adquirir un sistema de información georreferenciado (GIS) que permitirá ver en la pantalla de una computadora el trazado de las redes, su estado y los puntos de conflicto por interrupciones de energía.

 
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