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Martes 20 de Marzo de 2007
 
Edicion impresa pag. 06 y 07 > Regionales
Buenas y malas noticias para el gremio sobre la resolución 163

NEUQUEN (AN).- Dos afiliados al gremio ATEN obtuvieron fallos judiciales contrapuestos en casos derivados de la judicialización de la resolución 163 del Consejo Provincial de Educación (CPE).

Los dictámenes fueron emitidos por la Sala 1 de la Cámara Civil, como respuesta a apelaciones ante fallos que ordenaban la quita de la tutela sindical de dos directores de escuela, que no acataron la resolución.1

La quita de tutela allanaría el camino para aplicarles sanciones disciplinarias. La normativa los obliga a infamar quiénes hacen paro y a permanecer en sus escuelas durate medidas de fuerza.

Se trata de Pascual Basaldúa, que recibió un fallo en contra, y de María Inés Cafiero, a quien la Cámara ordenó conservarle su tutela. Sobre el caso fallado en contra, ATEN adelantó la presentación de un recurso extraordinario en el TSJ, para frenar la resolución.

Además el sindicato espera un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ámbito donde cuestionó la normativa al considerarla cercenadora del derecho a huelga.

En el caso de Basaldúa, la Cámara consideró que el derecho de igualdad ante la ley, aludido por el trabajador en su defensa, no era atacado por la 163.

Opinó que la Constitución Nacional menciona "igualdad entre iguales". Como la norma rige sólo para directores, el fallo sostiene que no se transgredió la ley. Por lo demás, considera que la resolución del CPE impone la obligación de informar quiénes adhieren a paros y la de estar en las escuelas, y que nada menciona de la otras tareas que "pueden ser legítimamente retenidas".

En el caso de Cafiero, los jueces Enrique Videla Sánchez y Lorenzo Waldemar García, objetaron el proceso administrativo que derivó en el pedido de sanción disciplinaria.

Expresaron que el CPE no demostró que Cafiero haya incumplido con la normativa, impugnada por la Organización Internacional del Trabajo.

 
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