BUSCAR       RIO NEGRO    WEB     
TITULOS SECCIONES SUPLEMENTOS OPINION CLASIFICADOS SERVICIOS NUESTRO DIARIO PRODUCTOS
 
Martes 06 de Marzo de 2007
 
Edicion impresa pag. 20 y 21 >
¿Para qué sirve un Consejode la Magistratura?
Ante la reciente asunción del Consejo de la Magistratura de la provincia del Neuquén, nos sentimos en la obligación, como integrantes del Poder Judicial y como ciudadanos, de invitar a la comunidad a reflexionar acerca de esta nueva institución creada aquí por la reciente reforma constitucional, la que viene funcionando desde hace algunos años en otras provincias y a nivel nacional.

En nuestro país, al igual que en otros de América Latina, se han ido superponiendo estructuras judiciales y legislaciones procesales copiadas alternativamente de Estados Unidos y de Europa, las que resultan muchas veces incompatibles con nuestra legislación y generan un caos en las instituciones judiciales.

El Consejo de la Magistratura es una institución copiada de Europa, que funciona hace relativamente pocos años en nuestro país y cuyos resultados todavía están "a prueba". Tal herramienta, que pretende garantizar un Poder Judicial independiente, democrático y de jerarquía, sólo se irá consolidando si cumple con los objetivos para los que fue creada.

Un Consejo de la Magistratura es una institución que carece de un fin en sí misma y cuya existencia se justifica sólo en tanto y en cuanto logre garantizar los postulados expuestos en el párrafo anterior.

Nadie discreparía en que para un correcto funcionamiento de la democracia y de la república es necesario contar con un Poder Judicial que tenga estas características. El problema se presenta cuando se pretende llevarlo a la práctica

Para un funcionamiento adecuado de las instituciones democráticas y republicanas no está mal contar con un órgano imparcial que nombre como jueces a aquellos que resulten más idóneos para ocupar el cargo, teniendo como base del fundamento de esta decisión, los méritos profesionales del postulante. Sin embargo, el impacto que se pretende producir con su creación y que modifica sustancialmente el modo de nombramiento de los jueces, sólo se justifica si con ello se favorece la independencia, democratización y jerarquización del Poder Judicial.

La razón de ser del Consejo de la Magistratura es garantizarles a las personas que habitan en esta provincia que podrán contar con jueces que decidan sus conflictos como verdaderos terceros imparciales, libres de presiones externas de otras áreas del gobierno o de grupos o de factores de poder pero también con independencia interna, es decir que garantice una decisión sin sufrir la presión de los propios órganos del Poder Judicial, en palabras de Zaffaroni: "Un juez no puede ser empleado del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo, pero tampoco puede ser empleado de la Corte o Tribunal Supremo".

En un estudio, impulsado por el Programa Estado de Derecho de la Fundación Konrad Adenauer y publicado en el 2003, se establecía que para que un Consejo de la Magistratura pudiese cumplir con estos objetivos debía tener una integración independiente, pluralista, transparente y contar con las herramientas necesarias para producir un alto impacto funcional en el sistema institucional.

El sistema de nombramiento de los consejeros con una integración equilibrada, pretende garantizar que ninguno de los estamentos de poder prevalezca sobre el otro, pues ello es lo que garantiza la independencia.

Al hablar del "pluralismo", este estudio destaca que para que exista debe procurarse que los distintos estamentos estén representados en su composición: así, en el caso de los representantes del pueblo (Poder Legislativo), también de garantizarse la representación de las minorías. Si se prevé que en el Consejo haya algún representante de la sociedad civil, que los sistemas electivos sean democráticos y transparentes.

Dentro del estamento del Poder Judicial, considera que es necesario que haya en el Consejo miembros de todas las instancias.

Agregamos nosotros que estos últimos deberían ser elegidos por sus pares, eliminando de esta manera la dependencia interna. Asimismo, que la representación de los abogados se convierta en un contrapeso natural de los representantes judiciales, debiendo ser elegidos también por sus pares, y garantizando al igual que los representantes de la magistratura un Poder Judicial prestigioso, eficiente e independiente.

Ahora bien, ¿puede pensarse que tiene una composición equilibrada y adecuada un Consejo de la Magistratura en donde el estamento judicial, que es uno de los más interesados en el buen funcionamiento del servicio de justicia, no esté representado?

Si lo que se pretendía era hacer un Consejo democrático, independiente y prestigioso o jerarquizado, ¿se garantiza con la actual integración del Consejo el equilibrio para que ningún estamento prevalezca sobre otros y se logre una verdadera independencia externa e interna? ¿A quién representan los consejeros?, ¿quién de nosotros los eligió?, ¿todos ellos están en condiciones de seleccionar a aquellas personas que se desempeñarán como jueces, eligiendo a los más idóneos e independientes de manera tal que se cumplan los fines para los que fue creado el Consejo?

Finalmente, ¿a los habitantes de la provincia del Neuquén les interesa contar con un Poder Judicial independiente, o piensan que la calidad institucional de los poderes republicanos no tiene ninguna importancia?

No es posible un buen funcionamiento de la democracia y de la república sin un Poder Judicial independiente, prestigioso y democrático. El Consejo de la Magistratura de la provincia del Neuquén puede ser que en el futuro se convierta en una herramienta institucional idónea para que ese objetivo se logre, pero lamentablemente por ahora eso depende exclusivamente de la honestidad y buena voluntad de cada uno de sus miembros, ya que ni su integración, ni la forma de selección de los consejeros, ni las funciones asignadas por la Constitución y la ley ofrecen las más mínimas garantías para que este objetivo se logre.

Por ello y considerando que el Consejo de la Magistratura ha sido un paso adelante para lograr la independencia, democratización e idoneidad de los magistrados, en atención a las falencias que posee la legislación que lo creó la que esperamos que en algún momento se revea y con el objeto de cumplir los fines para los que surgió, entendemos que sería prudente que los propios consejeros designen un consejo asesor integrado por magistrados y académicos elegidos por sus pares para que puedan opinar sobre la idoneidad, prestigio e independencia de los concursantes a ocupar un cargo judicial (magistratura o ministerio público), así como también que el secretario del Consejo sea un abogado con trayectoria, residencia mínima de dos años en la provincia y con conocimientos en la materia, seleccionado mediante mecanismos de transparencia y participación de los sectores involucrados en el quehacer judicial, al que se le debería asegurar inamovilidad en la función, mientras dure su buen desempeño. De esta manera, los efectos nocivos de una mala legislación se verían paliados por la buena voluntad y honestidad intelectual de los consejeros que han sido elegidos para tan ardua tarea.

 

 

MARIA DOLORES FINOCHIETTI - ALEJANDRO CABRAL (*)

Especial para "Río Negro"

 

(*) Integrantes de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Neuquén.

 
haga su comentario otros comentarios
 
 
sus comentarios
 
BUSCADOR
Google
Web Río Negro
Documento sin título
 
 
Fotogaleria
Las grutas 2007
 
 
Debates
Un juego, dos estilos
 
 
eH!
Placidez
 
 
Económico

...y China estornudó

 
Diario Río Negro.
Provincias de Río Negro y Neuquén, Patagonia, Argentina. Es una publicación de Editorial Rio Negro SA.
Todos los derechos reservados Copyright 2006