Hablar del derecho educativo hoy es hablar de los derechos humanos, ya que pertenece a la segunda generación de los derechos humanos, por encontrarse comprendido en el Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales; aunque es considerado el principal, ya que se entiende que sin educación no se podría sostener ni ejercer los otros derechos humanos reconocidos.En el ámbito universal se está comprendiendo que, por su importancia, el derecho a la educación debe ser garantizado para todos los habitantes y para todos los pueblos del mundo. Es por ello que en la actualidad debe ser fomentado, estudiado e investigado a fondo.
El sistema democrático, que se viene afianzando en forma contundente en los últimos años, hace que se tenga en cuenta la participación de la sociedad en la educación y que además se comprenda esa necesidad y que el centro escolar se convierta en el espacio público donde la comunidad sea capacitada para ejercer sus derechos, sin afectar los de los otros sujetos que integran la sociedad escolar. Para ello el derecho educativo está llamado a cumplir con una misión muy importante y trascendental, ya que debe servir como eje para satisfacer la convivencia en la comunidad educativa.
Para lograrlo hay que consustanciarse con los preceptos de la educación para la paz, que sostiene principios como: la solidaridad, la tolerancia, el compromiso, la aceptación de la diversidad, la no discriminación, el diálogo y la resolución pacífica de los conflictos. Todo ello debe obtenerse de la mano del derecho educativo, el que será actor principal al momento de tomar conciencia sobre la necesidad de elaborar normas cuyas características principales sean la participación y aceptación de las mismas por todos los sujetos que integran la comunidad educativa.
Es necesario reformar el sistema escolar basado en normas impuestas por estamentos administrativos imbuidos de autoritarismo. El nuevo sistema educativo debe estar consustanciado de disposiciones normativas consensuadas previamente y aceptadas por todos los integrantes del sistema educacional y además que los estamentos jerárquicos comprendan el valor de ejercer su autoridad basada fundamentalmente en la legitimidad de la normativa; esta legitimidad en el nuevo derecho está signada por la participación democrática de todos y cada uno de los sectores comprometidos con la educación. Que la vigencia de cada norma tenga como respaldo el consentimiento de los actores de la comunidad educativa, y que sea el producto de la concientización previa de la necesidad de contar con esta normativa como herramienta idónea de convivencia en la cultura de la paz.
Para introducir al derecho educativo como principal actor de la nueva escuela, se debe planificar y proyectar un trabajo de enseñanza previa que resalte la importancia del nuevo derecho basado en la aceptación como requisito de legitimidad sine-qua-non de su vigencia y de que este enfoque jurídico sea acompañado por conceptos estructurales que integren la nueva normativa que contenga en su espíritu los derechos humanos, la no discriminación, la aceptación del otro sujeto que integra la comunidad educativa sin condicionamientos, la resolución de los conflictos por medio de una mediación idónea y comprometida con la cultura de la paz.
Si en definitiva logramos la transformación de las unidades escolares formando una escuela por medio de la utilización como herramienta del derecho educativo en su nueva concepción, también lograremos erradicar la violencia y proyectar el concepto positivo de paz a toda la sociedad.
RAUL EDILBERTO SORIA (*)
Especial para "Río Negro"
(*) Abogado y docente.
http://www.derechodeleducador.ya.st