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Domingo 17 de Diciembre de 2006
 
Edicion impresa pag. 18 > Municipales
LA SEMANA EN SAN MARTIN DE LOS ANDES: Línea en tensión

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La Legislatura neuquina acaba de aprobar una ley de Fauna Silvestre que, entre otros datos relevantes, asegura accesibilidad a los ambientes pesqueros. Dicho así parece un paso adelante, y lo es, pero también se trata de otra obviedad en una extenuante polémica.

La nueva ley -según se consignó- impone al estado garantizar el acceso a los espejos y cursos de agua por lugares públicos y privados. Eso ya ocurre en la actualidad, aunque escasamente se difunde.

Como muestra vale el último convenio firmado en octubre pasado con la estancia Quemquemtreu SRL, para la apertura de un acceso provisorio al río Collón Cura.

Los accesos de pesca siempre han sido públicos o privados según su ubicación, pero lo que no puede ni debe abrirse a disputas es la libre transitabilidad de los ríos, que pícaramente algunos cuelan en las discusiones con el único fin de asegurar un pingüe negocio: pesca en sitios exclusivos, a cobrar en dólares.

Es por ese libre paso a través de los ríos (flotadas) y por la costa (línea de ribera) que, en más de una ocasión, nos enteramos que un pescador o un simple vacacionista es corrido a los tiros.

Más allá de las consideraciones de índole constitucional, esa "innegociable" transitabilidad ya está asegurada desde 1962 en el Neuquén. La Ley 273 o "Ley de Riberas", autoriza al Estado a trazar la línea de ribera en ríos o cursos de agua flotables, y a fijar una calle de 35 metros de ancho desde la línea de ribera legal. En esos casos, los propietarios ribereños tienen prohibido hacer cualquier acción que impida el tránsito de personas o embarcaciones.

Bien, es esa línea la que está sometida a permanente tensión en nuestros ríos regionales, independientemente de por dónde carámbanos acceden los pescadores.

Existe aquí una confrontación entre dos concepciones del uso de los ríos, que chocan a menudo. Pero, se sabe, no hay maniqueísmos buenos...

Por un lado están quienes levantan la bandera del acceso y el paso irrestricto, que tienen razón desde elementales principios de justicia pero que no terminan de entender que existe una imposibilidad práctica para ejercer control sobre el 100 por ciento de los ambientes. Tal apertura indiscriminada podría acabar con el recurso.

Luego están los otros que quieren imponer limitaciones basadas en estudios de carga máxima de pesca, pero que no ven -o no quieren ver- que tan loable empeño puede abrir la puerta a los vivos, dispuestos a manejar porciones de ríos como negocios propios.

No por nada, ya en 2002 circularon ciertos escritos entre operadores y algunos pliegues del estado provincial, en los que se avanzaba sobre esta idea, bajo la tentadora forma de concesiones a terceros para el desarrollo de áreas de pesca, o las autorizaciones para crear "spring creeck".

Un spring creek es un arroyo o lugar, que por condiciones naturales cuanta con gran cantidad de sales disueltas y es hábitat excepcional para el desarrollo de los peces. Un spring creeck artificial buscaría recrear esas condiciones, lo que en la práctica implicaría privatizar o dar en manejo un sector de río o arroyo.

El Estado no tiene por qué arruinarle el negocio a nadie y, por el contrario, está bien que lo promueva si eso engrandece a la provincia. Pero no a despecho de que permitir el negocio de unos prive de legítimos derechos a otros. Ese es el intríngulis.

Esta columna se despide hasta marzo próximo.

 

FERNANDO BRAVO

rionegro@smandes.com.ar

 
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Provincias de Río Negro y Neuquén, Patagonia, Argentina. Es una publicación de Editorial Rio Negro SA.
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