Hágase a usted mismo la siguiente pregunta: ¿cuántas veces aceptó en un locutorio como vuelto, a falta de monedas, un caramelo? ¿O en un supermercado un caldo u otro producto similar? O lo que es peor aún, ¿cuántas veces pagó, por ejemplo, $3 cuando el total real era de $2,97? Seguramente, como la mayoría de los argentinos, muchas. El problema es que dichas situaciones no son legales.
El tema del redondeo "para arriba" en los vueltos es un claro ejemplo de todos los abusos e incumplimientos de las leyes y los derechos de los consumidores que perpetran las empresas en nuestro país y también refleja la falta de conciencia en los compradores.
El Congreso de la Nación sancionó en diciembre de 2004 la Ley 25.594, conocida como Ley de Redondeo, pero casi el 70% de los consumidores la desconoce y el porcentaje de comercios que la cumplen no alcanza el 25%. Básicamente, la Ley postula que cuando surgieran diferencias menores a 5 centavos en el monto a pagar y el comerciante no pudiera dar vuelto, el redondeo debe hacerse en beneficio del comprador. Es decir que en la compra de un producto, por ejemplo ofrecido a 99 centavos, el comerciante deberá cobrar 95 centavos y no 1 peso, como acostumbra hacer.
Así las cosas, se encuentra en tratamiento un nuevo proyecto de ley que impondrá a los comercios la obligación de contar con carteles que contengan el texto de la desconocida norma para que los consumidores entren en conocimiento de sus derechos y exijan su cumplimiento. Dicho proyecto ya cuenta con media sanción en la Cámara de Senadores.
Según Padec, una asociación de prevención, asesoramiento y defensa del consumidor, el desconocimiento general de la población y el consecuente incumplimiento de la Ley por parte de los comerciantes hacen que cada consumidor pierda aproximadamente 40 centavos diarios. Si se hacen las proyecciones, son casi cuatro millones de pesos diarios que se les "roban" a las familias y que bien podrían aprovecharse en la compra de otros productos.
Muchas empresas alegan en su defensa que no hay en circulación monedas de un centavo para poder entregar el vuelto como corresponde, y si bien es cierto que no se utilizan estas monedas cotidianamente, ello es justamente la
razón por la que se decidió sancionar la ley de redondeo a favor del consumidor y evitar "robos encubiertos".
En su último número, la revista "Temas del Consumidor" postula un caso de interés que involucra a una conocida cadena de supermercados que opera en la región. La empresa fue sancionada por la Dirección Nacional de Comercio Interior por efectuar el redondeo del monto total a su favor y no del consumidor.
El incumplimiento de la norma fue constatada a partir de una inspección en una de las sucursales, donde se adquirió un producto lácteo cuyo valor comercial ascendía a $1,39 (un peso con treinta y nueve centavos).
Al abonar con $10 (diez pesos), recibieron de vuelto $8,60 (ocho pesos con sesenta centavos) y no $8,65 (ocho pesos con sesenta y cinco centavos) como correspondía. La infracción a la Ley Nº 22.802 le costó al supermercado una multa de $15.000 (quince mil pesos).