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Jueves 28 de Septiembre de 2006
 
Edicion impresa pag. 34 > Policiales y Judiciales
A favor de fotos de menores en álbumes policiales
Fue argumentado durante una sentencia en una Cámara de Roca. Consideran que la exhibición a víctimas, no genera desprotección. En julio pasado, un juez ordenó que las tomas fueran retiradas.

ROCA (AR).- La orden del juez barilochense Martín Lozada de retirar las fotos de menores de edad de los álbumes policiales, generó polémica y opiniones encontradas. En otro fallo, esta vez de la Cámara Primera del Crimen de Roca, la jueza Flora Susana Díaz argumentó la necesidad de que estas fotografías permanezcan en los archivos policiales, considerando que su exhibición a víctimas de delitos, no significa una desprotección ni falta de resguardo hacia los menores.

Estas consideraciones se realizaron durante un juicio a un joven por el asalto a un kiosco de Roca. Por insuficiencia de la prueba aportada, el imputado fue absuelto. Sin embargo, en su voto, la camarista Díaz se refirió a las fotos en cuestión, ya que durante la instrucción de la investigación del robo que se juzgó en la Cámara Primera del Crimen, se le exhibieron álbumes a una de las víctimas.

El hecho ocurrió el 5 de diciembre de 2005, cuando el imputado tenía 17 años, en el comercio que se encuentra ubicado en Austria y Ecuador de esta ciudad.

El fiscal y la defensa del imputado habían pedido la nulidad de todo por la difusión de la identidad del niño o adolescente, violando su intimidad.

Al explayarse en este punto, Díaz hizo hincapié en el término difusión. Consideró que la difusión, "se está refiriendo concretamente a la no propagación ni divulgación de sus datos por los medios, sin dudas con miras a protegerlo y resguardarlo, pero sin que ello signifique que su fotografía no pueda ser exhibida a los testigos, siendo que este acto se realiza dentro de una investigación en el marco del Código Procesal Penal".

"Considero que la identidad del joven no se divulga, propaga, publica o transmite, por figurar en un álbum policial reservado para orientar pesquisas en trabajos de investigación", señaló la magistrada integrante de la Cámara Primera.

Con respecto a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención sobre los Derechos del Niño, la magistrada sostuvo que "estas convenciones, si bien reconocen los derechos de todo individuo, incluso de los niños, frente a la investigación penal, dejan a salvo los derechos de cada Estado para investigar la comisión de delitos y de sus autores dentro de su territorio, con claro fundamento en el resguardo del orden, de la seguridad pública y en la protección de los derechos de sus ciudadanos".

"Interpretar lo contrario sería tanto como establecer por vía extensiva un privilegio inédito, perdiendo de vista los derechos de las víctimas y del resto de la ciudadanía que clama por su protección, extremo que se vería desvirtuado al limitar la investigación, privándola de un medio necesario para la orientación, pesquisa y averiguación de los ilícitos que se cometen y de sus autores", finalizó en su voto.

 
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