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Miércoles 06 de Septiembre de 2006
 
Edicion impresa pag. 35 > Policiales y Judiciales
Anulan la condena a cuatro jóvenes de Cutral Co
Lo decidió el TSJ porque dos jueces habían intervenido en una apelación. Los sospechosos no quedarán libres, y serán nuevamente enjuiciados. Habían sido condenados a 13 años por el crimen de un menor de edad.

NEUQUEN (AN)- El Tribunal Superior de Justicia anuló la sentencia que condenó a cuatro jóvenes de Cutral Co por un homicidio y ordenó realizar un nuevo juicio oral. Fue por una cuestión técnica: dos de los jueces que dictaron el fallo habían intervenido antes para confirmar la prisión preventiva de los sospechosos.

Desde el año pasado, el TSJ aplica un precedente que marcó la Corte Suprema de Justicia de la Nación: para garantizar el principio de imparcialidad, los jueces que intervienen en alguna instancia durante la instrucción (por ejemplo, resolviendo una apelación) no pueden después dictar el fallo definitivo.

Para cumplir con ese mandato fue creada la Cámara de Apelaciones, que se dedicará exclusivamente a resolver esas incidencias previas. Hasta ahora las Cámaras Criminales se ocupaban de las apelaciones y de los juicios.

El fallo del TSJ conocido ayer anula la sentencia dictada contra Marcos Cerda, Gabriel Millar, Fortunato Morales y Gonzalo Mora Bermar, quienes el 16 de mayo del año pasado habían sido condenados por la Cámara de Zapala a 13 años de prisión por el asesinato de Carlos Daniel Zúñiga.

 

Presunto ajuste de cuentas

 

Ese crimen ocurrió el 6 de octubre de 2004 en Cutral Co, y al parecer fue un ajuste de cuentas. Zúñiga, de 17 años, habría sido acusado de cometer robos y de disparar contra la vivienda de uno de los condenados; por eso lo habrían ido a buscar a su casa en el barrio Aeroparque y lo mataron a balazos con armas caseras.

Cerda, Millar, Morales y Mora Bermar no recuperarán su libertad. Seguirán detenidos a la espera de que un nuevo tribunal haga otro juicio y dicte sentencia.

El fallo del TSJ tiene el primer voto de Eduardo Badano, al que adhieren sin fundamentos propios Felipe Cía, Roberto Fernández, Jorge Sommariva y Ricardo Kohon.

Señala que en contra de la sentencia de la Cámara de Zapala, el defensor de los imputados Ignacio Di Maggio presentó un recurso de casación con el argumento de que se habían violado normas constitucionales y tratados internacionales que aseguran el derecho al juez imparcial.

Badano consideró que "se vulnera la imparcialidad de la Cámara de Juicio cuando a ésta, con carácter previo, le correspondió intervenir en el mismo proceso pero como órgano de apelación". Añadió que dos de los jueces que dictaron sentencia (Oscar Rodeiro y Víctor Martínez) en una etapa previa confirmaron la prisión preventiva de los sospechosos y para eso valoraron pruebas que después, en la sentencia, volvieron a tener en cuenta.

El vocal señala que si bien la apelación se pronunció respecto de uno solo de los cuatro acusados, el principio de imparcialidad igual fue vulnerado porque las pruebas eran comunes en contra de todos los sospechosos.

En consecuencia se resolvió anular el juicio y la sentencia, y se ordenó realizar un nuevo debate con otros jueces.

 
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Diario Río Negro.
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