La justicia de La Plata revocó un fallo que autorizaba a un homosexual a cobrar una pensión por el fallecimiento de su pareja, informaron fuentes judiciales.
La medida fue adoptada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata al considerar que "la Ley 12.207 de la Caja de Previsión y Seguro Médico no establece el otorgamiento de pensión para personas del mismo sexo".
Fuentes judiciales informaron que el año pasado, el juez en lo contencioso administrativo platense, Luis Arias, había dispuesto que un hombre cobrara la pensión de su pareja gay, un médico, como si se tratase de un matrimonio heterosexual.
Se negaron y apelaron
La Caja de Previsión y Seguro Médico Bonaerense se negó a conceder la pensión y apeló el fallo, siendo favorecida por la Cámara. El damnificado, a través del abogado de la ong "Siete Colores", Julián Díaz Bardelli, adelantó que ya apeló la resolución de la Cámara ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense. (Télam)