Número de Visitas Agréguenos a Favoritos 
TITULOS SECCIONES SUPLEMENTOS OPINION CLASIFICADOS SERVICIOS NUESTRO DIARIO PRODUCTOS
 
Jueves 17 de Agosto de 2006
 
Edicion impresa pag. 36 y 37 > Sociedad
Ordenan atender a una chica discapacitada

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Los jueces de la Cámara del Trabajo de esta ciudad hicieron lugar al amparo presentado por una mujer que reclama que su obra social cubra de manera integral el tratamiento que necesita su hija discapacitada. En su fallo, los magistrados ordenaron a OSSIMRA (Obra Social de los Supervisores de la Industria Metalúrgica) que efectivice "todas las prestaciones necesarias para garantizar la cobertura integral de la discapacidad de la menor DKZ", que le reintegre a la amparista los gastos derivados de los tratamientos denunciados, a partir de la promoción de esta acción y los que se realicen en lo sucesivo. Aclararon también cómo deberá practicarse la liquidación para determinar la deuda devengada, y que en el futuro "deberá efectuarse el reintegro dentro de los 5 días de presentadas a la obra social las facturas respectivas, bajo apercibimiento de imponerle una multa de hasta 50 pesos por cada día de retardo".

El amparo fue presentado por la vecina Mónica Reyes, quien explicó que a raíz de un incidente producido en su gestación -aspiración de líquido amniótico meconeal- su hija debió ser conectada a un aspirador artificial al nacer, y con posterioridad le diagnosticaron "esquincefalia de tipo 1 y hemiaresia izquierda". Este diagnóstico configura un cuadro de discapacidad que requiere la realización de tratamiento de terapia física y ocupacional, a razón de 3 sesiones semanales para cada actividad, y usar una férula diurna y otra nocturna, un desrotador y plantillas especiales.

La amparista expuso que su obra social no le cubre integralmente esas prestaciones, que deben realizarse en el Centro de Rehabilitación Neurológica, ni la atención neurológica del especialista, y que no cuenta con recursos para afrontar los gastos. También destacó la conveniencia de que su hija siga siendo atendida por los profesionales que se han encargado de ella desde un comienzo, pese a no encontrarse dentro de la cartilla de OSSIMRA. La obra social rechazó el pedido y sólo le reconoció un porcentaje de los gastos de tratamiento por el sistema de reintegro contra presentación de las facturas, pero al tratar la cuestión la Cámara del Trabajo, integrada por los jueces Juan Lagomarsino, Carlos Salaberry y Ariel Asuad, se manifestaron de manera favorable a la acción de amparo, al considerar que la obra social se encuentra obligada a brindar la cobertura total de las prestaciones básicas que necesiten los discapacitados.

 
haga su comentario otros comentarios
 
 
sus comentarios
Diario Río Negro.
Provincias de Río Negro y Neuquén, Patagonia, Argentina. Es una publicación de Editorial Rio Negro SA.
Todos los derechos reservados Copyright 2006