Número de Visitas Agréguenos a Favoritos 
TITULOS SECCIONES SUPLEMENTOS OPINION CLASIFICADOS SERVICIOS NUESTRO DIARIO PRODUCTOS
 
Jueves 17 de Agosto de 2006
 
Edicion impresa pag. 11 > Regionales
"El fallo modificó la 2.302", asegura la defensora
"Establecieron un procedimiento contrario a la ley". Afirmó que crear otro organismo no es la solución.
Nara Osés afirmó que el fallo de la Cámara le asignó a la Defensoría roles que no están previstos en la ley 2.302.
Nara Osés afirmó que el fallo de la Cámara le asignó a la Defensoría roles que no están previstos en la ley 2.302.
Click para ampliar

NEUQUEN (AN).- La defensora del Niño y el Adolescente, Nara Osés, afirmó ayer que los jueces que resolvieron asignarle nuevas funciones a ese organismo "modificaron la ley 2.302 estableciendo un procedimiento contrario al que fijó cuando fue sancionada".

En una entrevista con "Río Negro", sostuvo que "los jueces reformaron la ley 2.302 con ese fallo, porque establece un procedimiento contrario al de la ley".

El argumento que esgrimió fue que "cuando la ley fija el rol del juez de Familia en el artículo 52, dice que en forma previa a la adopción de medidas cautelares, debe recabar la opinión de las partes, del equipo interdisciplinario y de los organismos pertinentes, y luego darle intervención al defensor del Niño y el Adolescente".

En ese contexto remarcó que "la Cámara Civil interpretó que cuando la ley dice el juez de Familia, en realidad quiso decir el defensor del menor. Pero eso no es una interpretación de la ley, sino una modificación. La ley debe ser interpretada por un juez cuando es oscura, pero esta no lo es".

-Pero los camaristas lo hicieron manifestando la necesidad de que los jueces mantengan la imparcialidad...

-Dicen que un juez que busca información no cumple con la regla constitucional de la imparcialidad. Es decir que para que haya un juez imparcial, tiene que haber dos partes y un litigio. El juez observa y decide, no puede proponer y generar prueba para llegar a la verdad.

"Sin embargo los mismos jueces de esta Cámara afirmaron en otro fallo posterior que en los conflictos de familia se requiere de soluciones específicas, que no se trata de resolver el litigio dando la razón a una parte y condenando a la otra. Es decir en febrero dijeron una cosa, pero en mayo otra.

"La última postura que adoptaron, la del juez que no busca el litigio, es la ajustada a la ley 2.302, a la doctrina nacional y a la establecida por este TSJ que en abril de 2005 respaldó la figura del juez acompañante.

-¿En qué consiste el nuevo rol de la Defensoría?

-Le da un rol activo en un punto que la ley no prevé que tenga. La ley asignó dos funciones: en los expedientes que están en manos de los jueces, el rol de ellos es procurar llegar a la verdad y buscar la información para hacerlo.

"El rol del defensor es de acompañamiento, de opinión. Nosotros no somos los abogados del niño, sino el representantes del Estado en los derechos del niño.

"En un procedimiento están las partes, y aparte el asesor del menor que no es una parte. La mayor actividad que le otorga la ley a la defensoría está en la comunidad y las familias, evitando la judicialización de conflictos. Con la modificación de la ley, se logra que ese espacio lo abandone.

-Al margen de la recarga de tareas por las nuevas funciones asignadas ¿el debate de fondo entonces es sobre el rol de los juzgados de Familia y la defensoría del niño?

-Eso es así. Porque aunque se creara una nueva defensoría, por el tipo de trabajo que significa litigar, todo el trabajo va a apuntar ahí, y ese no es el sentido de la ley.

"Para cambiar los roles hay que modificar la ley, y eso lo hacen los legisladores o un juez declarando la inconstitucionalidad de la ley.

"Además el otro punto es que pasó en los últimos cinco años. ¿Estuvimos violando la constitución y la ley? Porque los juzgados hacían la función que dice la ley, no la establecida ahora.

-¿En qué medida este problema se soluciona con otra defensoría?

-Si lo que se busca el respetar la ley, esto no se soluciona con la creación de otra defensoría. Se soluciona respetando la ley y los procedimientos que establece.

 
notas relacionadas
Marcha de respaldo
haga su comentario otros comentarios
 
 
sus comentarios
Diario Río Negro.
Provincias de Río Negro y Neuquén, Patagonia, Argentina. Es una publicación de Editorial Rio Negro SA.
Todos los derechos reservados Copyright 2006