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Martes 11 de Julio de 2006
 
Edicion impresa pag. 7 > Regionales
Habilitados para cargos electivos

VIEDMA (AV)- Los docentes de la rama secundaria quedaron habilitados para ejercer cargos electivos, al entrar en vigencia la Ley provincial Nº 4.099.

Hasta esta normativa sólo estaban en condiciones de acceder a estas funciones los docentes de escuelas primarias.

Para conseguir la mencionada habilitación, la Legislatura rionegrina aprobó recientemente un proyecto que impulsaba una modificación de la Ley 391 en su artículo 56, inciso "e". Ahora establece que el personal directivo de los establecimientos de enseñanza secundaria no podrá desempeñar ninguno de los cargos o actividades laborales, en horarios diurnos o nocturnos, con excepción de horas de cátedras hasta un máximo acumulable según el régimen del artículo 55 o miembros de los cuerpos deliberativos o de contralor municipales.

También se cambió el inciso "d" del mencionado artículo, con lo cual la nueva redacción prevé que el personal directivo de los establecimientos diurnos de enseñanza primaria (incluidos departamentos de aplicación) no podrá desempeñar otros cargos o actividades diurnas -oficiales o privadas, docentes o no- excepto horas cátedras y cargos docentes nocturnos o miembros de los cuerpos deliberativos o de contralor municipales.

La nueva norma fue aprobada por el cuerpo deliberativo a instancias de un proyecto elevado por el legislador Mario Pape (UCR).

 
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