Martes 04 de Julio de 2006 Edicion impresa pag. 34 > Sociedad
Un fallo le permitió a un chico elegir otra familia
Lo dictó la jueza de Chos Malal. La madre se niega a recibir al menor, y el padre lo abandonó por muchos años. Cuando quiso retomar el vínculo, el hijo se negó a verlo. "Una orden judicial no puede crear afectos", dice la sentencia.

NEUQUEN (AN).- La Justicia accedió al pedido de un menor de edad que no quiere tener contacto con su padre, a quien nada lo une producto de largos años de abandono. Una orden judicial "no puede crear afectos", dice el fallo que rechaza el reclamo del hombre para ver a su hijo. Además explica que el derecho de visita es de los hijos y no de los padres, y tiene un único límite: "su propio beneficio".

La sentencia fue dictada por la jueza de Chos Malal Graciela Beatriz Rossi, y tiene en cuenta el "interés superior del niño" consagrado por la Constitución Nacional.

La causa comenzó cuando el padre del niño identificado con las iniciales O.B.R. pidió que le fijen un régimen de visitas para tener contacto regular con su hijo. Explicó que convivió con él hasta que cumplió 7 años en la ciudad de Río Gallegos, pero en el 2001 y ante las dificultades de adaptación del menor, lo envió de regreso a Chos Malal donde reside su madre.

La mujer se negó a recibirlo, por lo que el chico terminó viviendo con una vecina que hizo de madre sustituta. En el 2004 el padre, identificado como Sr. R., intentó tener contacto con su hijo pero no lo logró, y por eso inició la demanda judicial.

Citada a declarar, la mujer que tiene la guarda del menor señaló que el chico no quiere ver a su padre porque lo maltrata. Añadió que desde que está con ella, el hombre nunca lo visitó ni le pasó alimentos, y que el interés por retomar el contacto en realidad oculta la intención de "recuperar la vivienda donde viven, la que le fuera prestada por él".

La jueza celebró una audiencia con la presencia del niño para escuchar su posición. En esa oportunidad, O.B.R. dijo que quiere mucho a su madre sustituta, en cambio su padre "lo dejó cuando era muy pequeñito y nunca más lo volvió a ver".

También se consultó al gabinete psicosocial del juzgado, cuyo dictamen fue categórico: "Se evidencia que no existe un vínculo afectivo de carácter paterno-filial entre el Sr. R. y el niño".

Añade que el chico tiene temor ante la posibilidad de ser visitado por su padre, "lo cual en una evaluación previa se asocia con vivencias traumáticas padecidas con esa persona".

El fallo de la jueza Rossi señala que "el derecho de visitas (...) es un derecho del hijo, el que debe ser considerado un sujeto de derecho en las relaciones familiares, y no un derecho de los padres".

Añade que "resulta tan cierta la afirmación de que el menor necesita mantener una estrecha relación con los padres para su adecuada formación; como que en el caso de marras el peticionante (por el Sr. R.) no cumplió con sus obligaciones parentales, es decir no cumplió con el rol paternal". En ese sentido "resultaría absurdo y hasta nocivo obligar a un adolescente después de largos años de abandono a que alegremente acepte reunirse con su padre, porque ahora sí este último desea mantener contacto".

"De procederse así -continúa- se privilegiaría a la biología por sobre las relaciones vinculares que han servido de sustento para la conformación de la estructura psicosocial del menor, lo que sin duda lo dañaría". Aunque "es indiscutible que resulta beneficioso que la realidad biológica sea reconocida y aceptada por el niño, de ningún modo una cuestión tan delicada y subjetiva puede obtenerse por medio de una orden judicial. La actividad jurisdiccional no podrá crear en los sentimientos de O.B.R. el afecto, ni la necesidad, ni el reconocimiento de la figura paterna".

Añade que "el único límite del derecho de los hijos a mantener contacto con sus padres es su propio beneficio", y por eso rechazó el pedido del padre y dispuso que el chico reciba "una adecuada intervención psicoterapéutica".

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