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Jueves 29 de Junio de 2006
 
Edicion impresa pag. 34 > Policiales y Judiciales
Diputados convirtieron en ley el registro de violadores en Neuquén

NEUQUEN (AN).- El polémico registro de identificación de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual se convirtió en ley. Los diputados aprobaron por mayoría las modificaciones al proyecto promovido las diputadas emepenistas Irma Vargas y Cristina Storioni y la menemista Olga Saldías. La oposición ratificó su voto negativo y reiteró sus dudas por la eficacia de registro como herramienta de prevención.

Se trata de la ley 2520 que establece la creación del registro de identificación de personas condenadas por violación que funcionará en el Ministerio de Seguridad de la provincia, que será la autoridad de aplicación.

Aunque en el registro figurarán además los condenados por promover la corrupción de menores de 18 años, por facilitar la prostitución de menores de 18 años y de mayores con fines de lucro, por explotar económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, facilitar el ingreso y la salida del país de menores de 18 años y mayores para que ejerzan la prostitución. También estarán en el registro las personas condenadas por producir y publicar imágenes pornográficas, con menores de 18 años, como aquellos que organicen espectáculos.

Asimismo, los condenados por hacer ejecutar a otros exhibiciones obscenas expuestas a terceros y por retener a una persona por la fuerza, intimidación o fraude, con el objetivo de menoscabar su integridad sexual.

En el registro se consignarán las huellas dactilares, fotografías, historia criminal, cicatrices, señales, tatuajes, grupo sanguíneo, domicilio, ocupación de los condenados y se incorporará el banco de ADN y de los condenados que figuran en el registro nacional de reincidencia.

La ley prevé que los ministerios de Seguridad, Acción Social, Salud, la secretaría de Juventud y Deportes, el Consejo Provincial de Educación, entre otros organismos, deberán coordinar entre sí y con las organizaciones sociales de la comunidad campañas de difusión con acciones de prevención con relación a los delitos contra la integridad sexual.

La ley prohíbe el uso de la información contenida en el registro para discriminar o acosar a algún individuo. El juez remitirá los datos de los condenados al registro.

Para acceder a la información del registro se deberá justificar un interés legítimo haciendo constar los motivos y la identidad de la persona que la solicita. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley en un plazo de 60 días.

 
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Diario Río Negro.
Provincias de Río Negro y Neuquén, Patagonia, Argentina. Es una publicación de Editorial Rio Negro SA.
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