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Ley reglamentada en el Boletín No hay más peros para la prepagas
4 ene
Este jueves fue publicada en el Boletín Oficial la reglamentación de la Ley de Medicina Prepaga. El el texto cial no estaban contempladas las cooperativas, mutuales, asociaciones civiles, fundaciones y obras sociales sindicales. Pero desde el Poder Ejecutivo entendieron que debían ser incluidas y ahora ellas también deben ser reguladas.
“El artículo 1 de la Ley 26.682 (de Regulación de la Medicina Prepaga) estableció el régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga, los planes de adhesión voluntaria y los planes superadores o complementarios por mayores servicios que comercialicen los Agentes del Seguro de Salud (ASS) contemplados en las leyes 23.660 y 23.661, quedando excluidas las cooperativas y mutuales, asociaciones civiles y fundaciones y obras sociales sindicales.”
Por ese motivo, el Boletín Oficial de este jueves, en el que se reglamentó la Ley de Regulación de Medicina Prepaga, apareció con una modificación en la que todo el sector del ámbito de la salud que había quedado excluido, o bien, no había sido contemplado a la hora de sancionar la nueva normativa, pueda entrar de esta forma dentro del marco regulatorio.
Desde el Ejecutivo entendieron que “los sujetos allí individualizados (por el artículo 1 de la Ley) —con excepción de las obras sociales Más >
MIUSA convoca a participar
22 feb
Movilidad Internacional de Estados Unidos (MIUSA, por sus siglas en ingles) invita a jóvenes con discapacidad a participar en el Programa de Intercambio sobre Liderazgo y los Derechos de la Discapacidad, a realizarse del 24 de junio al 4 de julio de 2011, en Madrid, España. Para más información consulte la siguiente dirección:https://mail.google.com/mail/?shva=1#inbox/12dddb02ddf7bcec
