A los que hayan viajado de vuelta a sus nidos en los últimos días, les debe haber tomado por sorpresa la disminución en los costos de los pasajes de colectivo. Aunque se trate de una buena noticia, los estudiantes no parecen muy esperanzados. La primera reacción ante la novedad se centra en la proximidad de la suba: los aumentos constantes, tanto del combustible como del transporte en general, confirman toda sospecha de que las empresas de larga distancia no tienen la intención de ser amables con los bolsillos estudiantiles.
A decir verdad, hay leyes que facilitan el vuelo lejos del nido para cualquier estudiante. Aunque las legislaciones no siempre se cumplen, desde 1972, la RESOLUCION M.O. y S.P. N° 103-72 dispone “un régimen tarifario diferencial para el transporte de los escolares que asegura descuentos significativos en las tarifas”. Además de establecer un costo bajo para los boletos urbanos, lucha que se ha vuelto una constante entre las agrupaciones de estudiantes, esta norma también hace referencia a los pasajes de larga distancia. En su tercer artículo, propone
“un descuento del VEINTE POR CIENTO (20%) en las tarifas correspondientes a las líneas de servicios interurbanos de jurisdicción nacional utilizadas por estudiantes secundarios, universitarios y personal docente”.
Pero las empresas de transporte buscaron el contraataque: el decreto Nº 2407/02, que declara en estado de emergencia al transporte automotor por rutas de carácter interjurisdiccional, permitió la aplicación de bandas tarifarias. Esto les permite un mayor margen de manipulación de precios a las compañías: “al tener las bandas tarifarias, las empresas hacen el descuento sobre la tarifa más alta permitida, por lo que el pasaje caro con descuento de estudiantes sale igual que el que paga cualquier persona”, explica Nicolás Aís, presidente del Centro de Estudiantes Rionegrinos de La Plata (RIO). Cabe aclarar que este decreto no contempla la temática de los descuentos.
Hay otros huecos en la resolución que le permitieron a las compañías evadir su cumplimiento. En primer lugar, la norma sólo cubre al servicio común que, en esa época, no incluía el aire acondicionado que ahora está instalado en la mayoría de las unidades. En segunda instancia, el artículo quinto explica que “lo dispuesto en la presente Resolución tendrá aplicación durante los días de asistencia obligatoria”, por lo que las empresas no tienen por qué efectuar un descuento durante los fines de semana.
Según una campaña auspiciada por el Centro de Estudiantes Rionegrinos en la Capital Argentina (CERCA), la resolución vigente es la S.T. y O.P. N° 203/89, que establece que todos los servicios de transporte automotor de pasajeros serán comprendidos en la resolución de 1972, aunque pertenezcan a una categoría tarifaria diferente. Por lo tanto, declara que
“las empresas de jurisdicción nacional comprendidas en dicha categoría, deban efectuar en sus servicios interurbanos un descuento del 20% a estudiantes secundarios, universitarios y personal docente” y, de esta manera, exige el cumplimiento de la resolución de los setenta.
Es por eso que desde los centros de estudiantes de las provincias se ha comenzado una iniciativa para crear una
Ley del Descuento Estudiantil Universitario, difundida en el sitio web
www.poreldescuento.com.ar. El proyecto busca hacer cumplir esta norma tanto para los docentes y estudiantes universitarios como para los de institutos terciarios o del último año de educación media en pasajes ya sea de ómnibus o de ferrocarril. Además, pretende que el descuento se haga sobre el precio ofrecido en ventanilla y durante todo el año.
Más allá del tiempo que lleve legislar esta iniciativa, es importante tomar conocimiento de este beneficio y hacerlo cumplir. Hay algunas empresas que bajan el precio de sus pasajes al presentar una constancia de alumno regular y, en caso de que no lo hagan, existe la posibilidad de acercarse a presentar una denuncia en la ventanilla de la
Comisión Nacional de Regulación del Transporte. Porque garantizar los derechos siempre depende del reclamo del beneficiario.