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11 » Feb 2010 |
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Novedades en el Acuerdo |
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Está publicado el acuerdo 4486 del 10 de febrero. Transcribo la parte resolutiva de algunos puntos que me parecieron interesantes:
Ciudad Judicial: Punto 4: “Autorizar al señor Administrador General a realizar la gestiones necesarias ante el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos tendientes a elaborar un nuevo Convenio de Cooperación Técnica y Financiera a firmar con el Poder Ejecutivo, en el cual quede establecida la nueva metodología de pago de los certificados y demás condiciones inherentes a la nueva línea de financiamiento.- 2°) Facultar al señor Administrador General a convenir con la Empresa Contratista RIVA S.A., previa exhaustiva evaluación técnica-económica, los reconocimientos y nuevos términos contractuales que corresponda formalizar para la prosecución de la Obra referenciada, con estricta sujeción a lo establecido por la Ley de Obras Públicas n° 687”.
¿Tirón de orejas a la cámara civil?: Punto 5: “Revocar el Acuerdo Administrativo N° 30/2009 en la parte que dispone la integración alternada de la Sala III (…)”
Tribug enojado con Sejun: Punto 6: “Rechazar el pedido de excusación genérica formulado por el Dr. Tribug, haciéndole saber que deberá efectuar su pedido de apartamiento en cada caso concreto, mientras subsistan los motivos invocados”.
Referéndum en Manzano Amargo: Punto 7: “(…) se proceda a realizar el referéndum de revocatoria del mandato del Presidente de la Comisión de Fomento de Manzano Amargo Sr. Alejandro Benito Villanueva”.
Juez electoral: Punto 8: “Designar Juez con competencia Electoral a Mauricio Oscar Zabalka, a partir del 12 de febrero del año en curso. Designar como Juez Subrogante para el caso de impedimento o ausencia del nombrado precedentemente, a Alfredo Alejandro Elosú Larumbe”.
Vacaciones de invierno: Punto 13: “Disponer que la Feria judicial de Invierno del año 2010, se lleve a cabo a partir del 12 y hasta el 23 de julio del año en curso, ambos inclusive”.
Tasa de justicia: Grupo 15: “Hacer saber a los organismos judiciales de la Provincia, y al Colegio de Abogados, que hasta tanto se encuentre reglamentada la percepción de ése concepto, no se exigirá el pago de la Tasa de Justicia para el diligenciamiento de Cédulas y Mandamientos (exclusivamente). Hacer saber que los demás rubros de la Ley Impositiva, se encuentran vigentes, y su pago deberá ser controlado por los funcionarios y magistrados responsables”.
(G.B.) 11:30 |
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Categoría : TSJ | Comentarios [2]
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Ver-guen-za |
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Por : Benito Cámela | 14 » Feb 2010 | 10:53 pm |
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Una verguenza lo de la cámara, ese Sr. gigena no tiene limites.
A propòsito, alguien sabe si pago todos los impuestos de la casa que ocupo gratis durante tanto tiempo????
Por que no averigua alguien? |
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Un Punto interesante |
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Por : Miguel Angel | 15 » Feb 2010 | 03:20 pm |
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Berto, vió que en uno de los puntos se modifico el reglamento de licencias?? Para que el Dr. Vitale pueda tomarse licencia para asistir a la CIDH.-
Por que no hace un post con ese punto? es immportante... |
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