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28 » Aug 2009 |
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Los inscriptos |
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Concurso Nº23
(Un cargo de Juez de Primera Instancia, titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 4 de la I Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de Neuquén).
Duilio Oscar Carrizo Miranda. Matriculado C.A. Prov. Bs.As. de Morón desde 1992. Matriculado C.A, Capital Federal desde mayo de 1991
Gabriela Julia De Gerardi. Secretaria del Juzgado Civil Comercial y de Minería Nº 6, 1º Circunscripción.
María Eugenia Grimau. Matriculada C.A.P.N desde el 04/02/94
Gloria Anahí Martina. Secretaria primera instancia juzgado de todos los fueros de Rincón de los Sauces.
María Lorena Spikerman. Secretaria primera instancia del Juzgado Civil Comercial y Minería Nº 2 de la I Circunscripción Judicial.
José Oscar Squetino. Relator de la Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, Laboral y de Minería.
Alicia Susana Vargas. Matriculada C.A.P.N. desde el 11/06/1994
Concurso Nº24
(Un cargo de Juez de Primera Instancia, titular del Juzgado de Familia y Juicios Ejecutivos Nº 2 de la III Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de Zapala).
Paula Beatriz Castro Liptak. Secretaria Nº2 de primera instancia del Juzgado Nº 1 Civil, Comercial y de Minería de la III Circunscripción Judicial.
Norma Alicia Fuentes. Secretaria de la Cámara Civil, Comercial y de Minería de la III Circunscripción Judicial con asiento en Zapala.
Gloria Anahí Martina. Secretaria primera instancia juzgado de todos los fueros de Rincón de los Sauces.
Mónica Laura Pizzipaulo. Prosecretario de la Fiscalía de Cámara de la III Circunscripción Judicial.
(G.B.) |
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Categoría : Consejo de la Magistratura | Comentarios [1]
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Atento Postulantes!! |
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Por : Pablo Paez | 31 » Aug 2009 | 12:39 pm |
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Futuros postulantes de Concursos del Consejo de la Magistratura!!
Atento a las notas en las distintas etapas del concurso anterior, tuve la inquietud y me acerque a la sede del consejo para tomar vista del expediente del concurso, como es un documento publico accedi al mismo sin problema.
Revisando las actuaciones de los Consejeros descubri un GRAVE ERROR en la interpretacion y aplicacion de la Ley 2533 en cuanto a calificar los antecedentes de los postulantes!!!
Claramente la la Ley en su art. 22 enuncia la forma de evaluar antecedentes y los puntajes maximos a asignar. El item b) y c) hace mencion a los titulos de postgrado y es aqui donde radica la incoherenia de los Consejeros!!!
La ley claramente indica que se debe otorgar puntaje a los Titulos de Postgrados, y descubri que los Consejeros, NO SOLO EN ESTE CONCURSO, SINO EN ANTERIORES TAMBIEN, asignaron puntajes, en innumerables ocaciones, a postulantes que NO tenian el TITULO DE POSTGRADO, sino que el mismo estaba incompleto, ya sea por falta de presentacion de Tesis o falta de aprobacion de alguna materia.
Esto es una clara violacion a lo que enuncia la Ley 2533, la cual instruye a los Consejeros a merituar el TITULO DE POSTGRADO, no una cosntancia que indique que el mismo se encuentra sin finalizar!!!
ATENTO A ESTO FUTUROS POSTULANTES!!
Ha y que revisar la actuacion de los Consejeros e impugnar, si fuera necesario, de manera puntual a quien corresponda.
Saludos y espero que esta informacion les sea de utilidad. |
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