El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declaró “inejecutable” el mandato de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) que había ordenado la reincorporación a sus cargos de los tres integrantes de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, jueces Juan Carlos Apitz, Perkins Rocha Contreras y Ana María Ruggeri. La CIDH había ordenado la indemnización de tres ex magistrados. Así lo dice esta nota de Diario Judicial.
Evidentemnete habría que realizar un análisis más amplio del fallo del TSJ de Venezuela en cuanto declaró no aplicable lo resuelto por la C.I.D.H.; lo cierto es que de una lectura surge que los jueces indican que esa Corte Internacional no puede inmiscuirse en temas que son del Estado Venezolano. el debate sería está bien esta sentencia? puede la C.I.D.H. entrometerse en el derecho interno? o si o si deben los Estados acatar sus resoluciones? hasta donde?....
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