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Diario Río Negro
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  03 » Dec 2009
Remuneraciones Chubut, fallo completo
  Mencionaba hace unos días el fallo de la justicia de Chubut que ordena al gobierno provincial a equiparar los sueldos de los magistrados locales con los federales.

Hoy les ofrezco la resolución completa, gracias a la invalorable colaboración de una amiga de este blog.

La parte resolutiva del fallo de la conjueza (¡justo! hablando de conjueces) María Alejandra Peralta, de Comodoro Rivadavia, dice:

“I) Haciendo lugar a la acción de amparo interpuesta por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chubut, declarando en consecuencia que las asignaciones que actualmente perciben los Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia del Chubut violan el principio de intangibilidad expresamente reconocido por el art. 170 de la Constitución de la Provincia del Chubut.

II) Condenando a la Provincia del Chubut a que, en el plazo de treinta (30) días provea las partidas presupuestarias necesarias para liquidar y abonar los magistrados y funcionarios las sumas que en cada caso corresponda, según las particularidades de la situación de revista de cada uno de los involucrados, y de acuerdo a las pautas establecidas en los considerandos respectivos; déjase expresamente establecido que la liquidación deberá efectuarse retroactivamente al mes de octubre de 2008, conforme al considerando pertinente”.

Por mi parte rescaté algunos párrafos de los considerandos que me llamaron la atención:

“Que Chubut es una provincia organizada, pujante y en constante crecimiento, así lo han manifestado los referentes del Gobierno Provincial en distintos medios de comunicación a nivel nacional y provincial.

“Que entonces y si conforme se refiere en el escrito de contestación de demanda, en la provincia del Chubut el Estado atiende todas las obligaciones a su cargo, debe consecuentemente procurar el resultado de su gestión sea de calidad y, porque no, de excelencia.

“Que una de las condiciones para ello es que quienes tiene a su cargo la prestación de esos servicios (salud, educación, seguridad, justicia) todos ellos, sean bien y debidamente remunerados, entre ellos por supuesto los magistrados y funcionarios judiciales.

"Para que el servicio de Justicia sea eficaz, seguro, pleno, eficiente, en definitiva justo, requiere necesariamente que se encuentre a su disposición todos los recursos necesarios a esos efectos; materiales y humanos. El Juez es sin duda el primer recurso humano; su labor, de suma importancia social, le exige capacidad, capacitación, gran responsabilidad y dedicación exclusiva; todo ello hace que la función deba ser bien paga, o como bien dice la demanda “la remuneración debe ser digna de la función”.

“Que la prudencia a este respecto indica que, salvo circunstancias debidas a zonas inhóspitas o desfavorables, o con costos extraordinariamente altos, en que la vida austera, pero digna, requiera mayores remuneraciones, todos los jueces provinciales deben percibir retribuciones que observen una razonable relación con el promedio de las que perciben los jueces de las restantes jurisdicciones provinciales y nacional a efectos de no violar el mencionado art. 5 de la Constitución Nacional y tampoco incurrir en una desigualdad discriminatoria que atentaría contra la garantía del art. 16 del mismo texto supremos y, de este modo, alcanzar una solución objetivamente justa”, b) el segundo criterio lleva a considerar “la razonabilidad en relación al caso concreto, ya que la garantía importa, necesariamente, que los jueces puedan tener una vida digna, entendiendo por ello la posibilidad de que el ingreso que perciban les permita su subsistencia y la de su familia, de manera compatible con el cargo que la sociedad le ha encomendado.

“Que de ello resulta que en el poder judicial del Chubut un Juez de Cámara con 20 años de antigüedad percibe una asignación neta aproximada de PESOS TRECE MIL ($13.000) la cual infiero a tenor del informe obrante a fs. 19, de los informes obrantes a fs. 642/643 y 662/663; destaco la expresión “aproximada” toda vez que resulta materialmente imposible con las constancias de autos establecer al día de la fecha una suma exacta toda vez que en función de ítems tales como “antigüedad”, “antigüedad en el poder judicial” y/o “permanencia en el cargo” pudieran verificarse diferencias entre magistrados de igual rango.

“Que a la par, el promedio de la región para igual categoría de juez de cámara con 20 años de antigüedad arroja una suma también aproximada de PESOS VEINTE MIL ($20.000)

“Que dicho importe surge de computar los distintos montos informados por los Poderes Judiciales de la región y por el Consejo de la Magistratura Nacional, que ratifican la adecuación de las sumas contenidas en el anexo “A” e indicando en todos los casos que hubo reajustes posteriores que hizo que actualizaran tal información (deben calcularse los adicionales que se informan aunque sin computarlos). Dichas asignaciones obtenidas son corroboradas por el informe de la Federación Argentina de la Magistratura obrante a fs. 642/643, que valoro en el contexto de la demás prueba producida en autos.

Con ustedes, el fallo completo. Y gracias otra vez a M.



Amparo Chubut



(G.B.)
 
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  03 » Dec 2009
Juraron
 



 
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  03 » Dec 2009
Sin pecado concebida
  La Inmaculada Concepción de María es el dogma de fe que declara que por una gracia singular de Dios, María fue preservada de todo pecado, desde su concepción.

En vísperas de esa conmemoración para la fe católica, la comisión de Asuntos Constitucionales recibirá a los abogados y magistrados propuestos por el Poder Ejecutivo provincial para integrar la lista de conjueces del Tribunal Superior de Justicia.

Decodifico para quienes no abrevan en la fe católica: será el lunes 7 de diciembre a las 10.

A las 9:30 la comisión recibirá a María Grimau, ganadora del concurso para cubrir un cargo de Juez/jueza para el Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 4 de la ciudad de Neuquén; y a Gloria Martina, ganadora del concurso para cubrir un cargo de Juez/Jueza de Familia y Juicios Ejecutivos Nº 2 en Zapala.

(G.B.)
 
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  03 » Dec 2009
Suspensión confirmada
  Comunicado de hoy jueves:

“El Consejo de la Magistratura del Neuquén acordó la suspensión de los plazos del concurso 25, correspondiente a la vacante del cargo de juez de Cámara en todos los fueros de la II Circunscripción Judicial, con asiento en Cutral Có y dispuso la reapertura de la inscripción a partir del 22/02/10 hasta el 26/02/10.

Cabe señalar que el 17 de noviembre del corriente cerró la inscripción del mencionado concurso, habiéndose presentado dos interesados y que, a raíz de ello, el Colegio de Abogados y Procuradores de la II Circunscripción solicitó una prórroga del plazo de inscripción.

Considerando la importancia del cargo a cubrir y en pos del beneficio que traerá aparejado una mayor participación, el Pleno entendió oportuno y conveniente disponer la reapertura del plazo de inscripción”.

Los lectores del blog ya lo sabían desde hace varios días (click aquí).

(G.B.)
 
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  03 » Dec 2009
L s currí u um d l s co ju ces
  Andrada



Bozzano



Castro



Furlotti



Iniguez



Luchino



Manson



Pelaez



Rodriguez Bello



Zapperi



(Gracias S.H.O.)


Obiter dictum:








(G.B.)
 
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  02 » Dec 2009
Los currículum, la publicidad y la transparencia
  Los currículum de los candidatos a conjueces estarán temporariamente fuera de disponibilidad porque algunos de los postulados han pedido que se retiren de los mismos sus datos personales.

Quiero aclarar que los currículums son públicos, fueron elaborados por los propios interesados, con los datos que ellos creyeron convenientes incluir, y que los obtuve en forma oficial en la Legislatura.

Esos currículum van a ser analizados por los diputados y debatidos en una sesión pública de la Legislatura.

Lo publiqué en el blog como un aporte a ese debate y para que la ciudadanía tenga la oportunidad de conocer a quienes van a reemplazar a los vocales del Tribunal Superior de Justicia en ciertas ocasiones.

En su momento, los currículum de los ahora vocales del Tribunal Superior, e incluso de un propuesto que luego declinó su candidatura, estuvieron publicados en la página oficial del Poder Judicial de la provincia.

Puedo acordar que, en algunas circunstancias, es innecesario que estén al alcance masivo los nombres de los integrantes del grupo familiar de un funcionario público.

Y digo "en algunas circunstancias", porque a veces las relaciones familiares dicen tanto de un candidato como los cursos de capacitación que realizó, o no.

Quizá lo que sucede es que nunca hasta ahora existió un medio de comunicación que publicó información que antes circulaba en forma reservada dentro de un círculo determinado, sin llegar a la consideración pública en forma masiva.

Internet, por nombrar un responsable genérico, nos ha puesto en esta situación.

La exposición pública es un desafío para todos. Sigo creyendo que cuanta más transparencia y publicidad exista, más seguridad tendremos. En todo sentido.

(G.B.)
 
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  02 » Dec 2009
Me sacaron de contexto
  (Especial conjueces)

Soledad Martínez (Alternativa Neuquina). “La Constitución modificada en 2006 cambió el mecanismo de selección del Tribunal Superior de Justicia para cubrir vacantes definitivas y temporarias. De una nómina de diez profesionales que el Ejecutivo provincial tiene que remitir a la Legislatura, la Legislatura tiene que aprobarla con los mismos requisitos con los que se designa a los vocales del Tribunal Superior de Justicia. Son abogados de la matrícula. Antes se cubrían los cargos por rotación interna. El gobernador dicta el decreto 590 que se llamó de autolimitación de facultades, para que vecinos pudieran expresarse respecto de las personas propuestas a cubrir los cargos del TSJ. Creemos que la nómina de diez profesionales debió haber pasado por esa consulta previa y esto no ocurrió. Nosotros no cumplimos respecto de estos diez profesionales ni siquiera con cuestiones prácticas que cumplimos con cualquier otro cargo del Poder Judicial que es revisar los antecedentes personales y conocerlo en una audiencia personal. De las diez personas, yo conozco solamente a dos y del resto sólo tengo el currículum. Hemos hecho un avance significativo para cubrir vacantes definitivas y para cubrir las vacantes temporarias volvemos a las prácticas anteriores”.

Horacio Rachid
(Opción Federal).“A mí me hubiera gustado que los conjueces y la lista de conjueces llevada por el gobernador, tuviera el mismo tratamiento que la lista de vocales del Tribunal Superior de Justicia. El gobernador, el año pasado, firmó un decreto de autolimitación para reponer a los vocales del Tribunal Superior de Justicia. Ese decreto de autolimitación era muy democrático. De la lista, hay algunos jueces que están en actividad y otros que son abogados únicamente. Tendríamos más elementos de hablar de uno por uno si hubiera abierto la lista de conjueces a una consulta pública. Yo descarto que vamos a tener esas entrevistas con cada uno. Yo huelo un cierto apuro por terminar el año y es mal consejero en las acciones parlamentarias el apuro. No voy a votar a lista completa sino a cada uno de ellos en particular”.

José Russo
(Movimiento Popular Neuquino). “Respetamos el mecanismo previsto en la Constitución y en la ley 2601. Tiene que ver con cómo se propone el listado de conjueces. Eso es una facultad del Ejecutivo que envía el listado de propuesta. La comisión lo que hace es habilitar el tratamiento, no hace un despacho como cualquiera otra ley. Creo que el planteo ha sido con respecto a otros integrantes. Dado el tiempo en el que se lo envío y la posibilidad de un tratamiento diferente, teniendo en cuenta que la semana que viene se agota las sesiones de la Legislatura, creíamos que era imprescindible tratarlo en la cámara cuanto antes. Hoy consideraremos invitar a las personas para realizar las entrevistas antes de la sesión”.

(Gracias radio FM UNC CALF)

(G.B.)
 
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  01 » Dec 2009
Capacitadores en Reforma Procesal
 



DOCUMENTO PRESENTACIÓN REDEX
 
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