Encontré esta vieja nota de abril de 2006. Qué época.
“Con la restitución de la diputada nacional María Oscos como ministra de Acción Social, cargo que había dejado para ocupar la banca en el Congreso hace cuatro meses, y la creación de dos nuevas subsecretarías en ese organismo, Jorge Sobisch no sólo concretó un enroque entre sus colaboradores sino que además amplió una de las áreas más sensibles del gobierno.
"Se preveía que su reemplazante en el Congreso fuera el actual subsecretario de Seguridad y Trabajo, Hugo Acuña. Sin embargo, se supo que Oscos pidió licencia hasta febrero de 2007 en el Congreso, lo cual impide que aquel la suceda en la banca hasta esa fecha.
La ministra explicó: "Voy a renunciar, pero cuando termine lo que empecé, que son unos proyectos de Ley que tengo en curso".
El Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas se pronunció en tono crítico sobre lo que aquí hemos dado en llamar “la Marcha de las Togas”.
Lo hizo mediante una nota que pueden leer aquí, y que entre otros conceptos dice:
“Pese a que el poder judicial se halla obligado a cumplir y hacer cumplir la ley, el Pueblo Mapuce resiste diariamente un cúmulo de decisiones judiciales ilegales como desalojos, intimidaciones y desconocimiento de sus más elementales derechos (…).
“Es por eso que no podemos acompañarlos en su reclamo. Es más, creemos que serán pocos los gestos solidarios que reciban de la sociedad y seguramente ninguno por parte de los sectores excluidos”
El gobierno neuquino informa en detalle cuáles son las alianzas, partidos y candidatos que se presentarán en la provincia en las elecciones del 28 de junio.
Desde hace algún tiempo las Cámaras Criminales de Neuquén limitan la captación de imágenes durante algunos juicios orales que, por su complejidad o repercusión, son justo los que más interesan a la sociedad.
Me parece que vale la pena debatir el tema aunque se sepa de antemano que es inagotable y que difícilmente se llegue a una conclusión.
Y espero que nadie clausure la discusión con argumentos del tipo “el artículo tal del código tal dice tal cosa, así que mientras la ley sea así hay que cumplirla y basta”, porque de lo que se trata es de averiguar si lo que dice la ley es sensato o no.
Las decisiones de las Cámaras Penales neuquinas no son aisladas: hay una ola a nivel nacional en el mismo sentido, como se intentó reflejar en esta larga serie de notas publicadas en el blog, la mayoría bajo el título “y dale con la tele”.
Basta recordar las limitaciones impuestas en el juicio por el asesinato de Carlos Fuentealba (dispuestas por la justicia provincial neuquina) y en el juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos en La Escuelita (impartidas por el Tribunal Oral Federal de Neuquén).
En el juicio de La Escuelita, afortunadamente un fotógrafo desobedeció la orden judicial (arriesgándose a que lo echen de la sala) y por eso todos pudimos ver un momento histórico: cuando Inés Ragni se puso de pie e interpeló a los acusados de secuestrar y asesinar a su hijo.
Ningún tribunal puede apropiarse de ciertas escenas que pertenecen a la historia, a la memoria de la sociedad, y que son un legado para el futuro.
Deberían pensar en eso cuando toman ciertas decisiones.
Sigamos. Muy reciente en el tiempo, se limitó el trabajo de los fotógrafos en la cobertura de los juicios por los asesinatos del sargento ayudante Gabriel Jara y del comisario Jorge Chaktoura.
Al revés de lo que venían sucediendo, en esos dos últimos casos se prohibió tomarles fotos a los imputados. Antes la restricción corría para los testigos.
En un caso el argumento fue proteger la integridad física de esa especie en extinción que parece ser el testigo, en el otro, fue evitar la “contaminación” de los que todavía no declararon con la difusión del rostro de los imputados, lo cual podría invalidar un reconocimiento.
Reconocimiento de escaso valor porque se hace en el juicio oral y no durante la instrucción con todas las garantías previstas para esa diligencia. Pero si admitimos que esclarecer un crimen resulta cada vez más difícil (por razones que merecen otra discusión) suena razonable que se tomen todas las medidas posibles tendientes a alcanzar la llamada “verdad real”.
Pese a lo mencionado algunos párrafos más arriba, los criterios son desparejos. Quizá se hayan enterado de lo que sucedió con el caso del hombre acusado de abusar de su hija en Mendoza y dejarla embarazada: su rostro fue exhibido a la prensa y su imagen se difundió por la televisión y en más de un diario.
El director de Investigaciones de la policía mendocina, Juan Carlos Calleri, que parece ser un seguidor de Lombroso, dijo a la prensa: “es importante que todos conozcamos qué persona es la que pueda cometer hechos de esta naturaleza”.
Poco antes, el ministro de Seguridad provincial, Carlos Ciurca, había iniciado la controversia al indicar que “hemos querido que la población de Mendoza y la del país conozca la cara de este hombre”. (Más info, aquí).
Una jueza de familia de esa provincia, Elsa Galera, prohibió la difusión de imágenes con una resolución en la que alude a los intereses de los niños.
Bien, para ser el pretendido inicio de un debate, este post ya es demasiado largo.
Bueno, ya que estamos en clima electoral, y que la tele vuelve a jugar su rol en las elecciones, y que el blog se vuelve a escapar de sus márgenes… ¿sabe cuál es la diferencia entre los personajes de las fotos?
Aquí hay un enlace al sitio del cual pueden descargarse los fallos que avalaron las candidaturas testimoniales.
En el caso de Kirchner, el juez Manuel Blanco aseguró que "la Residencia Presidencial de Olivos está sujeta a la jurisdicción federal pero se encuentra en la Provincia de Buenos Aires, y a los fines electorales quien ha vivido allí y lo acredita -Kirchner, en mi opinión así lo hace- puede elegir y ser elegido en el ámbito de dicha provincia".
En cuanto a las objeciones contra la candidatura de Scioli dijo que "no existen motivos para admitirlas", pues el gobernador de la provincia de Buenos Aires "reúne los requisitos constitucionales y legales para el cargo de Diputado de la Nación".
"Nada en estos actuados autoriza a considerar que el acto electoral no resultará auténtico y muchas de las afirmaciones de los impugnantes deben encontrar su cauce en la campaña electoral. El electorado, y no el Juez, es quien decide sobre las bondades de los candidatos", indicó Blanco.
Aquí está el proyecto de ley orgánica del Ministerio Público Fiscal que ingresó a la Legislatura.
Algunos de los puntos salientes:
* Fortalece a las fiscalías como “órgano intrapoder, con autonomía funcional, imparcialidad, unidad de actuación y de dependencia jerárquica en todo el territorio provincial”.
* Crea la carrera judicial, para que los interesados en ascender no deban concursar para cargos en otro ámbitos (por ejemplo, para ser juez).
* Crea el consejo de fiscales para “asesorar y elaborar políticas de persecución penal”.
* Prevé partidas presupuestarias destinadas a programas específicos que no podrán modificarse sin el consentimiento del fiscal del TSJ.