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18 » Jul 2008 |
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Libertad de expresión |
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En el juicio por el asesinato de Carlos Fuentealba (y perdonen que insista, pero dejó ricos elementos para considerar) el querellante Gustavo Palmieri esbozó que podría querellar al defensor Ladislao Simon por el contenido de su alegato. Si lo hace, abriría un interesante debate sobre la libertad de expresión de magistrados, funcionarios y abogados particulares en el contexto de un juicio oral.
Se sabe, Simon (ahora abogado particular, pero antes fue juez y fiscal) formuló críticas para todos lados: empezó por el Tribunal Superior de Justicia, siguió por su fiscal, y en línea descendente cuestionó a la Cámara de juicio, al juez de Instrucción, a la agente fiscal, al querellante, a los peritos oficiales, a los testigos e incluso a los imputados en la causa Fuentealba II.
Sobre la libertad de expresión de magistrados y funcionarios se habla poco y nada, acaso porque no es habitual que se critiquen públicamente entre ellos (aunque en privado sea otra cosa).
A través del diario Página/12 se conoció que un defensor salió absuelto de un juicio por calumnias e injurias que le iniciaron jueces que se consideraron agraviados por conceptos que incluyó en una carta de lectores. La nota de Página, aquí.
(G.B.) |
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Categoría : Varios | Comentarios [7]
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El derecho de defensa en juicio |
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Por : Piolin de Expte. | 18 » Jul 2008 | 10:02 pm |
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Un juicio es literalmente una batalla legal, en la que dos partes enfrentadas (el fiscal por un lado y la defensa por el otro) defienden diferentes visiones y posturas jurídicas, las que pueden estar relacionadas con los hechos que se discuten, o con el derecho que corresponde aplicar al caso.
Los jueces no son parte, y por ende son quienes debe dirigir el juicio o “debate” (se llama así porque justamente se debaten diferentes visiones del caso). En los tribunales colegiados (como las cámaras en las que hay 3 jueces) quien dirige el debate es el presidente.
Las partes tienen amplia libertad de defender su postura y pueden recurrir a cualquier argumento o discurso para lograr su fin. El límite está dado por el respeto a la contra parte. Si se pase esta valla (por ejemplo si se injuria a la otra parte) corresponde al juez que preside el debate llamar la atención a quien se haya extralimitado, pudiendo incluso, y sólo en casos extremos, remitir testimonios del debate a quien corresponda (si es el fiscal quien se extralimitó al fiscal superior, si es un defensor oficial al jefe de ese defensor, y su es un abogado particular al tribunal de ética del Colegio de Abogado) para que ellos deslinden las eventuales responsabilidades de quien se haya extralimitado.
De ningún modo es admisible una querella criminal posterior al juicio, porque de esa manera se transformaría en una eventual amenaza contra cualquier de las partes que ejercen legítimamente su función. Si un abogado tuviera que enfrentar un juicio criminal por sus dichos en un debate se lo estaría intimidando y coartando su función de defensor en otro caso en el que pudiera intervenir. Un abogado no pude ejercer la defensa libremente si cree que luego podrán querellarlo por sus dichos.
Es absolutamente lógico que exista tensión entre las partes enfrentadas, pero ello no habilita a ninguna de las partes, y mucho menos a los jueces, a querellar a alguno de los que intervino en el juicio porque alguien dijo algo que le causa molestia.
En la justicia de Neuquén una Cámara Criminal acusó por escrito en un fallo a un defensor oficial de “encubridor de delincuentes” por haber ejercicio su obligación de defender a una persona acusada de cometer delitos. Es evidente que esos jueces no hay leído la constitución luego de recibirse de abogados.
Debe entenderse que por muchas pruebas que existan en contra de una persona antes del juicio, ésta es inocente hasta tanto se dicto una sentencia condenatorio. Es decir que cuando concurre al juicio es técnica y legalmente inocente, y sólo cambiará esa situación luego del fallo y no antes. Por lo tanto el defensor está defendiendo a una persona técnica y legalmente inocente.
Por otra parte lo defensores defienden personas acusadas de delitos, sean o no declarados culpable con posterioridad, del mismo modo que los médicos curan seres humanos, sean o no buenas personas.
El derecho a la defensa en juicio, como el derecho a la salud, no es exclusivo de los buenos ciudadanos, si no de todas las personas. No corresponde a los defensores hacer un juicio de valor respecto de la conducta de su defendido por muy grave que sea la conducta reprochada, porque si ello así fuera el inculpado en realidad tendría a dos fiscales en su contra y ningún defensor que lo asista.
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Interrogantes o autocensura |
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Por : Silvia | 19 » Jul 2008 | 01:44 am |
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mas allá de la figura del defensor, en la que coincido con piolin, creo que la pregunta de Berto tenia mas que ver con que libertad existe o esta permitida en el poder judicial de decir o tener una opinion critica hacia los jueces o funcionarios judiciales, o hacia el poder judicial mismo. A Mendaña y a Tribug los cuestionaron por ser cirticos hacia la "cupula" del TSj anterior y a Mendaña se lo pusieron como causal del jury. En rigor, cuantos funcionarios y/o jueces opinaron publicamente sobre la situacion de crisis institucional del Poder Judicial ??? Hay una mordaza invisible que seria bueno nos explicaran porque existe. Intereses individuales? corporativos? o esta escrito en algun lado que los jueces y funcionarios no pueden opinar criticamente en publico sobre el sistema judicial del que forman parte ??? |
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Miedo |
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Por : Piolin de Expte | 19 » Jul 2008 | 03:52 pm |
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Coincido contigo Silvia, es cierto que existe o existía en el Poder Judicial una mordaza invisible que impedía que cada uno diera su opinión sobre temas conflictivos. El primero en padecer esa intolerancia no fue Mendaña sino Henriztquen Velasco, ex Defensor Oficial de Chos Malal, a quien lo echaron con un jury por emitir opiniones públicas en contra de los miembros del TSJ de aquella época. No es malo recordar que Mendaña fue el encargado de hacer el sumario en su contra en Chos Malal, el que luego terminó en el jury con el que lo echaron.
Tengo la esperanza de que esa mordaza se haya terminado o por lo menos haya perdido su poder, porque ahora el TSJ ya no selecciona a los candidatos a jueces, sino que es el Consejo de la Magistratura. Antes quien no estaba en buena relación con el TSJ tenía su futuro comprometido. Ahora el TSJ perdió ese poder y no le quedan muchos recursos para encausar a los “díscolos”, más allá de hacer lobby en contra de algún funcionario ante el Consejo. No nos olvidemos que el consejo lo preside un vocal del TSJ. Es decir que existe mayor libertad de opinión dentro del Poder Judicial, aunque creo también que aún persiste mucho temor en los funcionarios a opinar públicamente. Es por ello que muchos eligen el blog de Berto para explayarse.
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Continuando |
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Por : Silvia | 20 » Jul 2008 | 09:24 pm |
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doss observaciones piolin. lo de Mendaña era un ejemplo no es necesario que destiles tu encono contra él de esa manera. Seguramente hay muchos mas que no conocemos, esos son los mas publicos y notorios.
La mordaza sigue intacta, mas alla de lo que se ha ventilado en el jucio a Badano por el tema de la Camara de Apelaciones, y el costo enorme que eso va a tener para Rimaro que tuvo que decir en publico las persecuciones que sufre de Varessio. Nada ha cambiado.
El Consejo de la Magistratura, arranco mal y no es mas que otro bunker politico, antes habia que quedar bien con el TSJ ahora con los politicos que estan ahi, Oliviera, Castiglione ...quien elige a los que eligen ???? Que se rodearon de privilegios y padrinos politicos. Nada ha cambiado. Silencio de Radio. |
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Qué bueno... |
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Por : Inés | 20 » Jul 2008 | 11:36 pm |
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empezar a escuchar o mejor dicho a leer por primera vez que algun valiente se atreve por este medio tan "mendañista" decir algo que pueda empañar la incólume imagen del gran Mendaña. Del gran probo...del mejor ciudadano...del mas inteligente...del mas capaz...ja...ja...ja...qué hipocresía! Pero es verdad, Mendaña fue el gran hacedor del jury contra Marcelo H. Velasco...pero la vida le pagó igual... |
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Que mal informada estas Ines |
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Por : Graciela | 22 » Jul 2008 | 05:28 pm |
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Varias veces se ha querido conectar a Mendaña con el jury a Henriquez Velazco, pero se lo hace desde el desconocimiento. Mendaña no denunció ni acuso a dicho defensor. Lo nombraron sumariante y no formuló ningun cargo contra Velazco pues no correspondía. Despues de el Tribug dictaminó que no habia elementos para someterlo a un jury, aunque si para aplicarle una sancion disciplinaria. |
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Continuando |
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Por : Silvia | 23 » Jul 2008 | 12:55 am |
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Me parece que fue una lastima que nos desviaramos del tema en debate que es la libertad de expresion en el Poder Judicial
A veces por irnos en criticas espasmodicas no podemos ahondar en temas tan importantes.
Quiza por eso las instituciones estan como estan, mucha critica liviana, espasmodica y poco debate cierto de temas importantes.
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