La reforma procesal chilena, que algunos miran desde aquí con admiración y hasta envidia, no se limita a cambiar y agilizar el trabajo de los tribunales: también prevé una estrategia de comunicación de la cual se pueden tomar algunas ideas.
Me enteré del tema a través de este blog, que es uno de mis contactos en Twitter.
Del post enlazado pueden descargar un acta de la Corte Suprema de Chile que regula (coordina, dicen ellos) el trabajo de prensa en juzgados de garantía y tribunales de juicio oral en lo penal.
Rescato algunos párrafos de ese documento, colgado también al final del post:
“El acceso del usuario a las resoluciones judiciales y a los procedimientos que las afectan, así como la transparencia en la información que recibe la ciudadanía respecto de la forma como se aplica la justicia, son condiciones necesarias de la modernización del Poder Judicial”.
“La función jurisdiccional, con todas sus complejidades, debe ser conocida y reconocida dentro de la sociedad. En este sentido, el aporte de los medios de comunicación –con los riesgos que conlleva: desinformación, malas interpretaciones u opiniones sesgadas- siempre será importante como vínculo eficaz para relacionarse con la ciudadanía, destinataria principal de toda la acción de los tribunales”.
“La dirección de Comunicaciones preparará un programa de capacitación para periodistas, las que serán periódicas, breves e impartidas por jueces y que apuntarán a instruir a los profesionales de prensa en temas judiciales específicos”.
(Nota del bloguero: no vendría mal que los jueces tomen cursos de capacitación para conocer el trabajo de la prensa y asi, las necesidades de los periodistas).
“Antes de la Audiencia, un periodista de la dirección de Comunicaciones se conectará con el magistrado responsable de dirigir la audiencia para informarle que en su turno hay una causa que genera interés de los medios de comunicación y proponerle su ingreso a la sala”.
“La dirección de Comunicaciones enviará un correo electrónico a los medios de comunicación informando la hora, lugar e integración del tribunal. Además, se incorporará la acusación fiscal para que los interesados lleguen con toda la información necesaria a la audiencia”.
(Nota del bloguero: saben lo que cuesta conseguir la radiografía de un caso en Neuquén, ¿no?)
“La Dirección de Comunicaciones redactará un comunicado con el contenido de las audiencias de interés de los medios de comunicación y/o interés institucional, el que será enviado a todos los medios de cobertura local y nacional si fuera necesario y publicado –en la mayoría de los casos- en la página web y en la intranet del Poder Judicial. Además, incorporará un extracto de audio con los fundamentos de la resolución”.
“El trabajo de la Dirección de Comunicación está destinado a otorgar a los medios de comunicación social la mayor cantidad de herramientas para que sus periodistas elaboren noticias relativas a audiencias, de manera tal que las publicaciones sean los más fidedignas posibles”.
Una observación: este protocolo, manual, acta o como se la quiera llamar, parece haber sido elaborado atendiendo a algunas de las necesidades de los periodistas, no todas, y decididamente sin la participación de los periodistas.
Es decir: detrás de su tono democrático hay, en realidad, una concesión de un poder que se debe allanar lo más posible a la consideración pública.
El problema no son las leyes (bien dictadas), los acuerdos, los decretos, sino las personas que las llevan a acabo, en Argentina el 85% de las leyes no se cumplen, si el 95% de los empleados del estado y cuando digo estado me refiero a todos los poderes, no son los mejores (meritocracia) sino los mejor acomodados, los que más contactos tienen (ver ultima Noticias nota los hijos del poder, que están en el poder, y sin ir mas lejos la hija de cierta política que reina entro en el PJ por sobre alguien que se expreso en el diario RN), entonces ninguna ley, ningún acuerdo, va a servir, el problema es la gente no la letra, cuando hay \"cleptocracia\", bueno las leyes sobran, cuando la ley no es para todos, sobran, cuando el congreso, a pesar de lo que dice la constitución, prorroga los \"superpoderes\", la ley sobra, cuando se dicta una ley inconstitucional (extracción de ADN compulsivo) la ley sobra, cuando se amaña la Constitución y las leyes para \"hacer justicia\", la ley sobra. Cuando la sed de venganza esta por sobre el deseo de justicia, la ley, la Constitución, la República sobran
\"Debemos evitar cometer actos injustos en el proceso de obtener el lugar que por derecho nos corresponde. No busquemos satisfacer nuestra sed de libertad bebiendo de la copa de la amargura y el odio. Debemos conducir para siempre nuestra lucha por el camino elevado de la dignidad y la disciplina. No debemos permitir que nuestra protesta creativa degenere en violencia física. Una y otra vez debemos elevarnos a las majestuosas alturas donde se encuentre la fuerza física con la fuerza del alma\" (Martin Luther King, discurso Yo tengo un sueño)
Nosotros seguiremos soñando y viendo como todos los países vecinos se elevan por sobre sus pobrezas y miserias para el bien común, común a todos los habitantes del país, no común a los políticos, \"los paises no solo tiene los gobiernos que se merecen sino los que se le parecen\" (Andre Malraux)
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