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Guillermo Berto
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  03 » Nov 2009
Intima
  Sobran detenidos o faltan celdas en Neuquén, así que no me quiero imaginar lo que pasaría si metieran presos a todos los que la gente pide que metan presos, que son casi todos salvo los que, por supuesto, lo piden.

Fue allá por junio que César Pérez prometió la pronta inauguración de al menos algunos pabellos de la cárcel de Senillosa, una de las vistosas obras que dejó la inolvidable gestión anterior. (Aquí algunas de las cosas que se dijeron por entonces).

Ya no recuerdo si prometió que se iban a inaugurar antes o después que los nuevos pabellones de la Unidad 11.

Como sea, ya no tiene mucha importancia. Pérez no es más ministro de Seguridad, y Seguridad ya ni siquiera sigue siendo ministerio así que o las cosas mejoraron, o están tan mal que ni vale la pena dedicar esfuerzo a mejorarla.

Toda esta absurda introducción es para presentar la resolución de la Cámara Segunda que ordena evacuar la superpoblada Unidad de Detención 12 e intima al gobierno a que en 30 días deje los pabellones 9 y 10 de la Unidad 11 “a estrenar”.




///QUEN, 26 de Octubre de 2009.-

AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones caratuladas: "DEFENSORIA DE CAMARA II S/ AMPARO HABEAS CORPUS", Expte. CNQCR2 5 año 9; y

CONSIDERANDO: que en el mes de junio próximo pasado se ha resuelto, en el marco del presente amparo, ordenar al Estado Provincial que provea en el menor plazo posible y en no más de sesenta días corridos lugares de detención suficientes para evitar el hacinamiento que se informa en la U 12.-

Que en base a los informes remitidos por la autoridad requerida y las propias constataciones del Tribunal, surge que tales condiciones de detención no solamente no se han solucionado, sino que se han incrementado a punto tal de encontrarse allí alojados un total de ochenta internos, lo que duplica su capacidad, situación intolerable por razones humanitarias y por contraponerse palmariamente a previsiones constitucionales.-

Que a la vez se ha advertido la existencia de plazas disponibles no ocupadas en determinadas celdas de algunos pabellones, y otras inhabilitadas en la Unidad de Detención 11°, como así se conoce de la avanzada construcción de dos nuevos pabellones en el predio del mismo establecimiento, obra que se halla totalmente estancada por razones presupuestarias.-

En virtud de lo anterior, sin perjuicio de la eventual intervención que pueda darse a la Fiscalía General y de Coordinación peticionada por las partes, urgiendo solucionar la situación existente en la Unidad de Detención n°12, corresponde dictar medidas concretas, por lo que, conforme las facultades que a este Tribunal le caben en el trámite del presente y las disposiciones del art.17.2 de la Ley 1981, SE RESUELVE:

I) Ordenar al señor Jefe de Policía, Crio. General Juan Carlos Lepen que en el término máximo de treinta días corridos, proceda a reubicar en otros establecimientos, a un total de cuarenta internos alojados en la Unidad 12ª, a razón de diez por semana, comenzando por aquellas que no se encuentran imputadas o condenadas por la comisión de delitos contra la integridad sexual, e informar a este Tribunal sobre el paulatino cumplimiento de la medida.-

Asimismo, deberá en el plazo de quince días corridos, arbitrar lo pertinente para la ocupación de las celdas de la Unidad de Detención n° 11 que se encuentran actualmente inhabilitadas.-

II) Intimar al titular del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, para que en el término de treinta días corridos se proceda a concretar la entrega y habilitación de los dos pabellones n° 9 y 10 de la Unidad 11ª.-



(G.B.)
 
Categoría : Poder Judicial | Comentarios [0]
 
 
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