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  17 » Oct 2009
Publicidad es la norma, no la excepción
 



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Categoría : Transparencia | Comentarios [4]
 
 
Comentarios
  Papelitos de colores......
  Por : Sócrates | 17 » Oct 2009 | 08:53 pm |
  Las cosas que provienen de la Corte, suelen ser impecables en su presentación, y con un marketing envidiable y con un discurso digno del mejor asesor de imagen.

Sólo por curiosear, y para no comprarme el buzón sin estar totalmente conciente al menos..., ingresé a consultar .
y...... OH!! parece que los jueces que deben "dar las explicaciones" al pueblo, son los de los organismos de alzada (Cámaras y CSJN).
Es decir, publicidad es la norma....parece que solo para esos organismos.
Pero casualmente, los que estan en contacto con el pueblo - por la cantidad y proximidad- son los Jueces de Primera Instancia. De esos organismos, no encontre sentencias.
De todos modos, creo que puedo estar ignorando el modo de búsqueda, pero ingresando por provincia, los únicos organismos disponibles son las Camaras Federales.

Igual, podemos seguir al CIJ en facebook y en twitter......!! Vamos Lorenzetti...
No me digan que no son geniales...!
  cantidad vs calidad
  Por : Talvezerrado | 18 » Oct 2009 | 05:14 am |
  Se supone que las sentencias de los juzgados no sientan jurisprudencia. Solo las
cámaras son las que definen esos criterios generales y, con mayor razón y autoridad, la Corte. Probablemente el amigo Sócrates no es abogado y por eso no tiene por qué saber esto. Espero que valga la aclaración.
  yo también me haré una agencia de prensa...
  Por : Víctor Jara... no calla | 18 » Oct 2009 | 01:07 pm |
  Lo que la gente quiere saber no está allí!!! cómo nos toman de tan estúpidos!...
ah...me había olvidado que los altos magistrados estan sentados a la diestra de Dios (... pero igual siguen siendo aves negras)... y que cuando dicen la gente, hay que interpretar "la gente como ellos".-
  para talvezerrado.....
  Por : Socrates | 18 » Oct 2009 | 05:57 pm |
  Usted tiene razón estimado - pero sólo en parte- y en la restante se equivoca y bastante:

En primer lugar: la Jurisprudencia es siempre jurisprudencia, provenga del órgano jurisdiccional que sea. Una SENTENCIA es el modo de pronunciamiento por excelencia de los jueces e integra el acervo jurisprudencial del pais. (y del mundo)
La jurisprudencia - usted que sí debe ser abogado lo sabrá- es una de las fuentes del derecho, y sirven para averiguar como se ha decidido una situación en casos similares. Como característica de la fuente aludida, no es vinculante.
Un ejemplo de una gran búsqueda de antecedentes de otros juzgados -y casi no había en el país- fue cuando aquí en neuquén una persona solicitó su cambio de nombre por que había cambiado de sexo (se había operado) y salió un hermosisimo fallo neuquino que tiene un solo precedente en la república.

En segundo lugar: Quiero creer que cuando usted dice lo que dice, se referirá a la jurisprudencia obligatoria o vinculante que tienen los organismos de alzada. Bien, acá en Neuquén no existe el plenario obligatorio, ni siquiera los fallos del TSJ lo son, tampoco los de la CSJN. Pero en este sentido valga su aporte.

Igualmente yo no me refería a eso, por que el post no se refiere a la cuestión jurídica, sino que se refiere a la "publicidad" y al "acceso a la información".

En consecuencia, la pagina del CIJ, cuando dice que vamos a poder "obtener datos de todo el quehacer judicial del país" no es cierto.

Solo eso........

 
 
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