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18 » Sep 2009 |
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La batalla por las cédulas |
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Ya están publicados los dos últimos acuerdos del Tribunal Superior de Justicia.
El acuerdo extraordinario 4436 modifica el proyecto de presupuesto 2009.
Y del acuerdo ordinario 4437, del 16 de setiembre, rescato por ahora el punto 12 que dice:
“1°) Disponer que a partir del 18 de setiembre del año en curso, cuando un Organismo Judicial (Cámara, Juzgado, Fiscalía o Defensoría de la provincia) requiera la colaboración de la Policía Provincial para realizar la notificación y/o citación de un ciudadano, deberá confeccionar un Oficio dirigido al Jefe de la Unidad policial correspondiente a la jurisdicción de la persona que debe ser notificada, y adjuntar a dicho oficio la diligencia – con copia-, debiendo confeccionarse una por cada ciudadano.
“2°) Hacer saber a los Magistrados y Funcionarios, que serán devueltas sin diligenciar aquellos requerimientos que no cumplan con tal recaudo”.
Creo que vale la pena leer el punto completo, porque en los considerandos está explicado el origen del problema.
A mí me sonó muy parecido a la crisis que tuvo la defensoría del Niño hace pocos años, cuando le agregaron como tarea la confección de las cédulas de notificación.
Es evidente que esa tarea resulta muy conflictiva. ¿Alguien quiere explicar cuál es el motivo?
(G.B.) |
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Categoría : Poder Judicial | Comentarios [6]
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Sugiero leer el punto VI del Acuerdo del TSJ |
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Por : Juancho | 18 » Sep 2009 | 11:12 pm |
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Más allá de la batalla de las cédulas, es mucho más interesante leer el punto VI del Acuerdo del TSJ al que se refiere Berto. De él surge que la Cámara de Apelaciones elevó al TSJ un Expte, porque un Juez de Instrucción, verdaderamente inepto (y que por las reglas de Heredia no puedo nombrar, sólo diré que la Legislatura no le dio acuerdo para ser camarista), agravió en forma grosera a un Fiscal de Cámara (al que se lo puede asociar con una marca de hamburguesas), al intentar nulificar en forma torpe una resolución de ese fiscal que solicitaba se confirme un pedido de sobreseimiento, en una causa en la cual ese juez en 5 años no había logrado una sola prueba en contra del imputado.
Lo lamentable es que ese mismo juez ya ha hecho lo mismo con un Defensor Penal, y con varios otros funcionarios judiciales.
A esta altura el TSJ no debería pedirle de buena manera que se lleve bien con sus compañeros de trabajo, sino sancionarlo o, mejor aún, iniciarle directamente un jury, por no conocer cuestiones básicas y elementales del derecho penal, además de agraviar a todos los funcionarios que hacen planteos que no concuerdan con su muy particular (por no decir escaso) conocimiento del derecho. Evidentemente su imposibilidad de ascender en el cargo (basado en sus escasísimos antecedentes) lo ha llevado al punto de la histeria, agraviando en sus resoluciones a todos aquellos que trabajar seriamente.
Llegó la hora de que el TSJ actúe y sancione severamente a este personaje.
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Lo destacado |
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Por : (G.B.) | 19 » Sep 2009 | 12:06 am |
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El mencionado punto del acuerdo me parece interesante pero por otras razones. Y no lo incluí en el post debido a que es incómodo hablar de una disputa en la que los contendientes están enmascarados.
No sé si son los que usted refiere de manera tan transparente.
A lo que voy es que, puesto a destacar algo de esta cuestión, prefiero emparentarla con lo que se viene debatiendo en el blog sobre la idoneidad de los magistrados y funcionarios, si deben ser evaluados o no, qué debe evaluarse, quiénes son los que ingresan a la Justicia y –quizá más aún- quienes ya están en la justicia. Entre otros aspectos. |
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Cuestiones Basicas para juancho |
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Por : Bartolo | 19 » Sep 2009 | 03:18 am |
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Cuestión básica del derecho penal Argentino:"Nunca te opondrás a un pedido de sobreseimiento en una causa que involucre a un político". Es una máxima que el Juez en cuestión está violando. Usted dice que no hay prueba en el expediente ¿lo leyó?. ¿Se piensa que es fácil investigar causas que involucran a operadores políticos que, a pesar de que su falta de honestidad es vox populi, siguen enquistados en el poder? ¿Piensa que las pruebas llueven en esas causas? ¿Conoce muchos condenados? No jodamos mas. Y con respecto a las discusiones entre Funcionarios. ¿Le parece un jury por tamaña "mezcla de grandes proporciones de producto de ave"?. Vamos! Me parece que entre nuestros funcionarios hay mucha susceptibilidad últimamente. El TSJ tiene cosas mas calentitas de que ocuparse. Otra cosita para Ud que se ve que sabe mucho de penal y ya que estamos con el tema de la reforma procesal ¿No debería ser el Fiscal el responsable de producir prueba, en vez del Juez? No he leído la causa, pero se de buena fuente que "hamburguesa" se habría expedido en una carilla a mano alzada sobre un sobreseimiento en una causa que supera los diez cuerpos. ¿Quienes serían los que "trabajan seriamente" según Ud?. |
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Che, J.J. ... pedi a otro que te defienda |
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Por : Juancho | 19 » Sep 2009 | 02:03 pm |
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Tan poco sutil resulta tu comentario que es evidente que sos el mismo inepto al que me referí en el mío. Justamente lo que más te jodió del escrito de hamburguesa (y por eso lo volves a repetir aquí), es que rechazó tu insólitas pretensiones de mandar a juicio una causa sin una sola prueba “con un escrito de una carilla a mano alzada”. Que casualidad que vos lo reiteres en tu comentario!!!, no??
Para tu información sí leí la causa, y me consta que en cinco año no hiciste nada serio para investigar ese delito, naaadaaaaa. Claro que la mayor parte de esos cinco años trascurrieron en el gobierno de bigote, casualmente, circunstancia que te debe haber motivado a hacer justamente eso: naaaadaaaaaa. Y cuando el viento cambio apareció tu oportunismo berreta, creyendo que así ganarás algún favor para que el Consejo de la Magistratura se digne a valorar tus (escasos) antecedentes de una manera no tan vergonzosa.
En cuanto a quien debe investigar, tan evidente es tu desconocimiento del derecho que ni siquiera podes entender que aún hoy tenemos jueces de instrucción (me guste o no, y de hecho no me gusta) lo que determina que es el propio juez el que debe llevar adelante la investigación, y no como haces vos todos los días que corres vistas por el 181 para que el fiscal te diga que carajo hacer con cada causa, porque no tenes ni idea como investigar un delito. Sos un verdadero chanta marca cañón, que sí merece que lo rajen por desconocer el derecho.
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Son cosas distintas....... |
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Por : Bartolo | 19 » Sep 2009 | 05:59 pm |
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Berto, me parece que son dos cosas distintas.
Viste que el Defensor Oficial Civil, cuando patrocina a una persona, (ej. en un divorcio) tiene que hacer las cédulas para notificar. En este sentido, es como un abogado particular, tiene que impulsar el trámite y cumplir con las notificaciones.
Tengo entendido que el problema en aquel momento, se debía a que la Defensoría del Niño, no tenía capacidad operativa para confeccionar todas las cédulas , y los juzgados sostenían que era su función y que tenían que hacer las cedulas. Por supuesto que era un diálogo de sordos, ya que una cosa es "a quien le corresponde" hacer la tarea y otra cosa es "si pueden o nó hacerla, o cuanto personal necesitan para ello". No sé en que terminó la cosa.
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Lea mejor Berto... |
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Por : ABURREN | 19 » Sep 2009 | 09:29 pm |
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...los comentarios que se publican y haga respetar las 3 reglas que en rojo resalta al pie de los mismos. Se han utilizado en este y otros post lenguaje ofensivo, calumnias, injurias, imputaciones infundadas, etc. Le quita calidad al blog. |
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Esta es una tribuna de participación abierta por lo tanto le solicitamos responsabilidad en sus expresiones:
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