A Susana Ruminot la asesinaron el 20 de junio de 2002 en su casa en Centenario.
El presunto asesino se confesó con un amigo, le contó quién lo había contratado, lo detuvieron, le secuestraron elementos pertenecientes a la la víctima de su vivienda… pero en dos juicios la obtención de esas pruebas fue declarada nula y los imputados resultaron absueltos.
En una de las sentencias uno de los jueces dijo que la prueba “huele mal” y propuso poner en conocimiento de la Jefatura el actuar de su personal.
En octubre del año pasado el Tribunal Superior de Justicia, integrado con mayoría de subrogantes, clausuró la posibilidad de que se hiciera un tercer juicio, como se informa aquí.
Ahora la familia Ruminot le entabló una demanda a la provincia porque consideró que la negligencia de su personal policial le causó el daño de no esclarecer el crimen de su hija.
Por un lado, la provincia dice que los policías actuaron bajo las órdenes del juez y del fiscal.
Por el otro, argumenta la provincia que según la CSJN “las sentencias y actos judiciales no pueden generar responsabilidad del Estado por sus actos lícitos, ya que no se trata de decisiones de naturaleza política para el cumplimiento de fines comunitarios, sino de actos que resuelven un conflicto en particular”.
“Los daños que puedan resultar del procedimiento empleado para resolver una contienda, si no son producto del ejercicio irregular del servicio, deben ser soportados por los particulares, pues son el costo inevitable de una adecuada administración de justicia”.