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06 » Jul 2009 |
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No usurparás |
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En octubre del año pasado hubo una gran polémica cuando el juez Alfredo Elosú Larumbe archivó una causa penal por presunta usurpación de un lote por inexistencia del delito ya que los supuestos autores no cumplieron ninguna de las conductas típicas que requiere el Código Penal (violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad).
De todos modos Elosu Larumbe consideró que la ocupación era ilegal, por lo que recomendó al municipio que intentara recuperar las tierras mediante una acción civil.
Se armó un pequeño escándalo, le pidieron juicio político, el fiscal Rómulo Patti apeló según es su costumbre y la Cámara de Apelaciones ordenó continuar la investigación.
Algo de esta historia se publicó en el diario, pueden verlo aquí.
Me acordé del tema cuando leí hoy en Diario Judicial que “el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Misiones rechazó un recurso interpuesto por una persona imputada por usurpación. Los magistrados entendieron que aunque no se utilizó la fuerza y la violencia, y los hechos ocurrieron a la luz del día, el episodio ocurrió en ausencia del ocupante, es decir de quien pudiera oponerse al accionar de la intrusa (…) circunstancia que torna clandestino el despojo consumado”.
La nota completa, con un enlace para descargar el fallo, aquí.
(G.B.) |
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Categoría : Fallos | Comentarios [0]
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