25 » Apr 2024
Diario Río Negro
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Guillermo Berto
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  15 » Jul 2008
En directo, no
 

Sigo sin entender demasiado por qué los jueces prohíben la transmisión en vivo de los juicios orales, en especial aquellos que aportan a la construcción de la memoria colectiva de la sociedad.

Quizá habría que analizar caso por caso antes que imponer una regla general. Pero los jueces resuelven sin margen para el debate. Pasó con el caso Fuentealba y pasará con el juicio contra militares acusados de cometer delitos de lesa humanidad en la región.

El Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH), querellante en la causa, hizo saber que el Tribunal Oral Federal decidió limitar la difusión en vivo de las audiencias que comenzarán en agosto. En un comunicado, el CEPRODH dijo: "nos oponemos a que se impida transmitir en vivo a toda la sociedad los puntos centrales del juicio, porque este juicio se relaciona con nuestra historia, e impedir que sea televisado y trasmitido en vivo, es funcional a la impunidad y a la ocultación de la verdad. Presentaremos un recurso por escrito contra esta resolución, pues no podemos permitir que luego de 32 años de impunidad la sociedad no pueda ser parte de esta pelea histórica. Todos debemos ser testigos de lo que suceda en el juicio, y debatir los alcances de este genocidio de clase. Pues el juicio nos pertenece a todos los trabajadores y el pueblo, quienes fuimos las víctimas de ese genocidio".

Uno de los argumentos de la Justicia es el respeto por el debido proceso. Supuestamente los testigos deben declarar sin haber escuchado a los anteriores. Pero si alguna sensación quedó después de 16 audiencias de juicio por el caso Fuentealba fue que los policías parecían haberse puesto de acuerdo antes de que empezara el juicio sobre lo que debían decir, y más, sobre lo que no debían decir. Y cito la conducta de los policías (y no de los docentes) porque el imputado era uno de ellos y era esperable que intentaran encubrirlo como ocurrió, salvo un par de excepciones.

El caso Fuentealba llegó a la etapa pública después de 14 meses de investigación secreta, sólo accesible para las partes. Las causas de derechos humanos llegan después de 32 años de silencio. ¿Tiene sentido impedir la transmisión en vivo?

Además la publicidad puede funcionar como antídoto contra un fallo arbitrario, y eso beneficia en primer lugar al imputado.

Iba a proponer como lectura complementaria este artículo pero me encontré con que es igual a este otro artículo y no sé a cuál de los dos citar como fuente.
(G.B.)
 
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  11 » Jul 2008
¿Cuánto dura una perpetua?
 

En la provincia de Neuquén hay seis condenados a prisión perpetua, cuatro hombres y dos mujeres. El cabo primero José Darío Poblete, si la sentencia queda firme, será el séptimo. ¿Cuándo podrá salir en libertad, sea condicional o definitiva?

Las consultas que hice encontraron dos respuestas: podrá salir al cumplir 25 años preso o a los 35 años (en 2032 o 2033, cuando tenga 60 o 70 años de edad, según el caso).

La clave parece estar en el artículo 13 del Código Penal que, reforma Blumberg mediante, quedó redactado así:

"El condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido treinta y cinco (35) años de condena (...) observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrá obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social, bajo las siguientes condiciones:

1. Residir en el lugar que determine el auto de soltura;
2. Observar las reglas de inspección que fije el mismo auto, especialmente la obligación de abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o utilizar sustancias estupefacientes;
3. Adoptar en el plazo que el auto determine, oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia;
4. No cometer nuevos delitos;
5. Someterse al cuidado de un patronato, indicado por las autoridades competentes;
6. Someterse a tratamiento médico, psiquiátrico o psicológico, que acrediten su necesidad y eficacia de acuerdo al consejo de peritos.

Estas condiciones, a las que el juez podrá añadir cualquiera de las reglas de conducta contempladas en el artículo 27 bis, regirán hasta el vencimiento de los términos de las penas temporales y hasta diez (10) años más en las perpetuas, a contar desde el día del otorgamiento de la libertad condicional. (texto conforme la ley 25.892)"

Me dijeron también que no podría obtener otros beneficios como salidas laborales, salidas transitorias, conmutación o rebaja de penas, etc. Y que como en la provincia no existe la figura del juez de Ejecución, la misma Cámara que lo condenó será la encargada de evaluar su situación como condenado.
(G.B.)
 
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  22 » May 2008
Juicio por torturas
  El juicio contra 28 guardiacárceles acusados de torturas a medio centenar de presos en la Unidad 11 sigue empantanado por la hábil recusación que presentó la defensa. Mientras se define qué jueces llevarán adelante el debate, los detenidos permanecen en situación de riesgo custodiados por aquellos a los cuales acusan, o sus camaradas.
Por eso, organismos de derechos humanos le entregaron esta carta al gobernador Jorge Sapag. Como se verá, incluyen un viejo reclamo de Zainuco: poder acceder a los pabellones de la cárcel:

Los abajo firmantes integrantes de Organismos de Derechos Humanos de Neuquén y el Alto Valle nos dirigirnos a Ud., a fin de poner en su conocimiento la apremiante situación que viven los internos en la Unidad de Detención N° 11 de la Provincia de Neuquén (especialmente aquellos que son testigos en la Causa “Zarate Ricardo y otros s/ Torturas” expediente N° 59/07)

Que con motivo de la comisión constituida a fin de resguardar la integridad de las víctimas, nos reunimos individualmente con algunos de los testigos de la causa arriba mencionada en unos de los patios internos de la Unidad 11, ello debido a que se nos vedo el ingreso a los pabellones, a nuestro retiro, los internos fueron golpeados y amenazados por el personal policial.

Que esta situación no es nueva ni excepcional, sino que por el contrario desde el inicio de la causa y especialmente en estos días los testigos, están sufriendo de manera sistemática amenazas, golpes y perdida de beneficios.

Es indudable habida cuenta de la ilegalidad y violencia de la situación descripta que resulta imperiosa la intervención efectiva del estado a fin de garantizar la itegridad psico- fisica de los internos y el cese de los abusos policiales.

Por los hechos y la situación descripta requerimos:
1°) Garantizar en forma real y efectiva la seguridad y la vida de los testigos y sus familiares.
2°) Ordenar el inmediato retiro de la Unidad 11 de todos los efectivos que intervinieron en los hechos de tortura que son juzgados en la causa arriba mencionada
3°) Libre ingreso a todos los pabellones de los Organismos de DD.HH.
4°) Reemplazar a los Psiquiatras y Médicos policiales, por el Dr. Diego Zunino (medico psiquiatra forense) y un médico clínico de la Asociación de Profesionales del Hospital Castro Rendon., como garantía real de la atención psico-fisica ordenada por la Cámara Segunda.
5°) Que estas garantías tengan carácter permanente en las unidades y comisarías de la provincia.

Por último resulta evidente que esta situación se debe a una inacción de parte del poder ejecutivo y del poder judicial, siendo por lo tanto responsables legal y políticamente de los hechos que se produzcan como consecuencia de ello.

Se deja constancia que una nota de idéntico tenor se remitió al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Ricardo T. Kohon.

A la espera de una respuesta tempestiva y favorable, saludamos a Ud.

Madres de Plaza de Mayo – Alto Valle
Asociación ZAINUCO –
H.I.J.O.S. Alto Valle
Corriente de Militantes de R.Negro y Neuquén
Asamblea por los Derechos Humanos Neuquén
Ce.pro.DH
 
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  13 » May 2008
Torturas
 

Este es el afiche que hizo la Asociación Zainuco para el juicio que comienza el lunes contra 28 policías acusados de torturas, por hechos ocurridos en abril de 2004. La difusión de los episodios de brutalidad dentro de la Unidad 11 motivó un cruce entre Luis Manganaro, entonces ministro de Seguridad, y el Poder Judicial, cuando la colonización apenas había empezado.

En esa época y a pedido de la policía, el Tribunal Superior de Justicia le inició un sumario a la fiscal de Graves Atentados contra las Personas, Sandra González Taboada. La queja policial fue porque avanzaba más rápido la investigación de las torturas a las personas privadas de su libertad que la de las lesiones que recibieron los guardias de la U11.

Hay 52 testigos citados y las audiencias se extenderán hasta el 3 de junio, un día antes del inicio del juicio por el asesinato de Fuentealba. (G.B.)
 
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