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Jueves 4 de mayo de 2006
   Sociedad

Lo condenan a 9 meses de cárcel por no pasarle alimentos al hijo

Un fallo inédito en la zona. Lo dictó un juez neuquino. Es un instructor de esquí radicado en Centenario.

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Luego de la separación de la pareja, el menor quedó al cuidado absoluto de la madre. El hombre, de 33 años y radicado en Centenario, dijo que no tenía ingresos suficientes.

NEUQUEN (AN)- Un instructor de esquí divorciado fue condenado a 9 meses de prisión efectiva por no asistir a su hijo desde que tenía un mes de vida hasta que cumplió cuatro años. El fallo judicial todavía no está firme, pero mientras tanto al hombre le prohibieron salir del país. Si pierde la apelación, irá a la cárcel. La sentencia dictada por el juez Marcelo Muñoz se caracteriza por su severidad y su falta de antecedentes en la provincia. Es, además, una de las pocas que existen en su tipo en el país.

Muñoz dijo en el fallo que el imputado le causó "una deplorable impresión personal" durante el juicio oral. Y lo demostró al momento de redactar la sentencia. Escribió, por ejemplo: "Nos encontramos ante una persona que se nos intenta presentar casi como un indigente, a la par de Diógenes, el filósofo griego y uno de los miembros más destacados de la escuela cínica. Pero eso resulta inverosímil ya que se ha demostrado que habitaba y se desempeñaba como instructor de esquí en las denominadas temporadas de mayor trabajo en centros invernales de gran afluencia de público, no sólo de este país sino también en España y Estados Unidos".

La sentencia recayó sobre W.O.M.A. (la identidad no se consigna para proteger a su hijo), quien cumplirá 33 años a fin de mes, domiciliado en Centenario. Lo defendió Luis Quarta, la fiscal fue María Erezuma y el querellante Marcelo Medrano. El imputado estaba casado con G.A.R. y en septiembre de 1999 nació su hijo, al que llamaron con su nombre de pila. Pero un mes después se separaron y perdió todo contacto con el niño. Eso incluyó que no le pasara la correspondiente cuota por alimentos. Según la ley, esa obligación persiste hasta que cumple 18 años.

En marzo de 2000, en el expediente del divorcio vincular, se le fijó una cuota alimentaria provisoria de 300 pesos mensuales, que nunca cumplió. Recién en diciembre de 2003, cuando su hijo ya había cumplido 4 años, hizo un depósito, lo mismo que en agosto y octubre de 2004, y en marzo, mayo y setiembre de 2005.

W.O.M.A. admitió haber trabajado como instructor de esquí en Bariloche, España y Estados Unidos, pero dijo que el dinero que ganaba no le alcanzaba para pagar alimentos a su hijo. Tampoco lo visitó en todo ese tiempo. Y reveló que tiene otro hijo en el exterior al que, "cuando puede", le pasa dinero.

Su sueldo en Bariloche era de menos de mil pesos mensuales, mientras que en Estados Unidos percibía 700 dólares. Le explicó al juez que se los gastaba en pasajes, alojamiento y comida, y que no le quedaba nada para pasarle a su hijo argentino.

El juez Muñoz detalló en la sentencia que "han sido infructuosas todas las diligencias necesarias para demostrar sus efectivos ingresos". Pero sí están corroboradas "sus continuas salidas y entradas al país".

"Si podía abonar tales gastos, aun con los pocos ingresos por él mencionados, bien podía aportar mínimamente los medios indispensables para la subsistencia de su hijo, ya sea ahorrando o 'sacrificando' (encomillado en la sentencia) alguna comodidad de los emolumentos que recibía", escribió el juez.

Añadió que el imputado incumplió sus aportes "con conocimiento y voluntad, cuando mínimamente podía efectuarlos". Pese a ello "el niño igual subsistió, pero claro está que lo fue por el esfuerzo de la madre".

El juez lo condenó a 9 meses de prisión efectiva. Y dispuso que, hasta que esté firme la sentencia, se le impida salir del país teniendo en cuenta "su actitud reiteradamente contumaz". Es que W.O.M.A. cambió varias veces de domicilio, tres veces fue declarado rebelde y nunca avisó de sus viajes al exterior, a pesar de que estaba obligado a hacerlo.

 

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