| Lo condenan a 9 meses
de cárcel por no pasarle alimentos al hijo
Un fallo inédito en la zona. Lo
dictó un juez neuquino. Es
un instructor de esquí radicado en Centenario.
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| Luego de la separación
de la pareja, el menor quedó al cuidado absoluto
de la madre. El hombre, de 33 años y radicado en
Centenario, dijo que no tenía ingresos suficientes. |
NEUQUEN (AN)- Un instructor
de esquí divorciado fue condenado a 9 meses de prisión
efectiva por no asistir a su hijo desde que tenía un
mes de vida hasta que cumplió cuatro años. El fallo
judicial todavía no está firme, pero mientras tanto
al hombre le prohibieron salir del país. Si pierde la
apelación, irá a la cárcel. La sentencia dictada
por el juez Marcelo Muñoz se caracteriza por su severidad
y su falta de antecedentes en la provincia. Es, además,
una de las pocas que existen en su tipo en el país.
Muñoz dijo en el fallo que
el imputado le causó "una deplorable impresión personal"
durante el juicio oral. Y lo demostró al momento de redactar
la sentencia. Escribió, por ejemplo: "Nos encontramos
ante una persona que se nos intenta presentar casi como un
indigente, a la par de Diógenes, el filósofo griego
y uno de los miembros más destacados de la escuela cínica.
Pero eso resulta inverosímil ya que se ha demostrado
que habitaba y se desempeñaba como instructor de esquí
en las denominadas temporadas de mayor trabajo en centros
invernales de gran afluencia de público, no sólo
de este país sino también en España y Estados
Unidos".
La sentencia recayó sobre
W.O.M.A. (la identidad no se consigna para proteger a su hijo),
quien cumplirá 33 años a fin de mes, domiciliado
en Centenario. Lo defendió Luis Quarta, la fiscal fue
María Erezuma y el querellante Marcelo Medrano. El imputado
estaba casado con G.A.R. y en septiembre de 1999 nació
su hijo, al que llamaron con su nombre de pila. Pero un mes
después se separaron y perdió todo contacto con
el niño. Eso incluyó que no le pasara la correspondiente
cuota por alimentos. Según la ley, esa obligación
persiste hasta que cumple 18 años.
En marzo de 2000, en el expediente
del divorcio vincular, se le fijó una cuota alimentaria
provisoria de 300 pesos mensuales, que nunca cumplió.
Recién en diciembre de 2003, cuando su hijo ya había
cumplido 4 años, hizo un depósito, lo mismo que
en agosto y octubre de 2004, y en marzo, mayo y setiembre
de 2005.
W.O.M.A. admitió haber trabajado
como instructor de esquí en Bariloche, España y
Estados Unidos, pero dijo que el dinero que ganaba no le alcanzaba
para pagar alimentos a su hijo. Tampoco lo visitó en
todo ese tiempo. Y reveló que tiene otro hijo en el exterior
al que, "cuando puede", le pasa dinero. Su
sueldo en Bariloche era de menos de mil pesos mensuales, mientras
que en Estados Unidos percibía
700 dólares. Le explicó al juez que se los gastaba
en pasajes, alojamiento y comida, y que no le quedaba nada
para pasarle a su hijo argentino.
El juez Muñoz detalló
en la sentencia que "han sido infructuosas todas las diligencias
necesarias para demostrar sus efectivos ingresos". Pero sí
están corroboradas "sus continuas salidas y entradas
al país".
"Si podía abonar tales gastos,
aun con los pocos ingresos por él mencionados, bien podía
aportar mínimamente los medios indispensables para la
subsistencia de su hijo, ya sea ahorrando o 'sacrificando'
(encomillado en la sentencia) alguna comodidad de los emolumentos
que recibía", escribió el juez.
Añadió que el imputado
incumplió sus aportes "con conocimiento y voluntad, cuando
mínimamente podía efectuarlos". Pese a ello "el
niño igual subsistió, pero claro está que lo
fue por el esfuerzo de la madre".
El juez lo condenó a 9 meses
de prisión efectiva. Y dispuso que, hasta que esté
firme la sentencia, se le impida salir del país teniendo
en cuenta "su actitud reiteradamente contumaz". Es que W.O.M.A.
cambió varias veces de domicilio, tres veces fue declarado
rebelde y nunca avisó de sus viajes al exterior, a pesar
de que estaba obligado a hacerlo. |