Viernes 17 de octubre de 2003 | ||||
Dos jóvenes condenados por abusar de una menor El hecho ocurrió en el '98 en Las Lajas y la víctima tenía 15 años. Les dieron tres años de prisión en suspenso, en fallo dividido.
ZAPALA (AZ).-La Cámara Multifueros de esta ciudad condenó ayer en fallo dividido a Gustavo Soto y Segundo Garrido a tres años de prisión en suspenso por el abuso deshonesto cometido en perjuicio de una menor en 1998 en Las Lajas. Los camaristas Víctor Hugo Martínez y Eduardo Sagues consideraron que si bien quedó probada la autoría de los acusados en el hecho, faltaron elementos para calificar al episodio como una violación. En tanto, el juez Enrique Modina pidió 10 años de cárcel argumentando que no existieron dudas en el relato de la chica. Paralelamente, la Cámara decidió iniciar una investigación por falso testimonio sobre varios testigos que intentaron beneficiar a los acusados. Una vez conocido el fallo, la querella anticipó que apelará ante el Tribunal Superior de Justicia por decisión de los familiares de la chica. De acuerdo al relato de los testigos que desfilaron frente al tribunal y a la propia víctima, que al momento del hecho tenía 15 años, los jueces dieron por probado que Garrido y Soto fueron los autores del abuso. Según los camaristas, a las 19.30 del 10 de julio de 1998, los condenados abordaron a la joven en cercanías de un corralón y la obligaron a subir a un Peugeot 306 del padre de uno de ellos. "Sos una nena, me la vas a pagar" le habría dicho Soto a la víctima en referencia a la decisión de esta de interrumpir el noviazgo que mantenían tiempo atrás. Siempre según lo establecido por los jueces, desde allí partieron en dirección al aeropuerto local. El vehículo era conducido por Garrido mientras Soto iba en la parte trasera junto a la chica. De acuerdo a los datos ventilados ayer en el fallo, en un momento Garrido detuvo la marcha y se pasó al asiento d atrás. Allí le provocaron una serie de lesiones a la víctima en un contexto de abuso sexual que generó controversia entre el propio tribunal. Para Martínez y Sagues, no quedó probado que haya existido penetración debido a que no se hallaron rastros de semen ni en la ropa de la víctima ni tampoco en el auto. Modina, en cambio, sostiene en su voto que la violación efectivamente se consumó y que las manchas se perdieron cuando la chica lavó sus prendas íntimas y se higienizó poco después. Más allá de esta divergencia, la Cámara tomó por válidas las pericias y estudios psicológicos que se efectuaron sobre la víctima. En este sentido, fueron numerosos los profesionales que se pronunciaron avalando los dichos de la joven y descartando por completo cualquier actitud fabuladora en su conducta. Los magistrados solicitaron al fiscal de instrucción Oscar Domínguez, que inicie una investigación en torno a varios testigos que con su relato pretendieron beneficiar la situación de Soto y Garrido.
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