Miércoles 15 de octubre de 2003

Indemnización récord por choque cerca de Bariloche

La Justicia determinó que los padres del niño cobren un millón de pesos.

Sin embargo, la aseguradora de la responsable del accidente quebró.

Un accidente en el que murió un bebé de nueve meses, y que se produjo a 45 kilómetros de Bariloche por la ruta 237, culminó en la justicia con una indemnización récord a nivel nacional, a favor de los padres del bebé.

El choque frontal se produjo entre un Chevrolet Corsa, conducido por María Alejandra Silva, oriunda de Trelew, y un Fiat 147 en el que viajaban Marcelo Villasanín, Karina Wiñaski, y el bebé de ambos.

La mujer estaba amamantando a la criatura en el asiento trasero del 147, cuando se produjo el impacto que terminó trágicamente.

El choque ocurrió el 17 de octubre del '98 en un sector de curvas peligrosas de la ruta que rodea el río Limay, en cercanías de la balsa "Maroma", que comunica con el paraje rionegrino Villa Llanquín.

La justicia encontró responsable del accidente a la conductora del Corsa, ya que según las pericias iba a excesiva velocidad e invadió el carril. Silva y su compañía aseguradora fueron condenados a pagar más un millón de pesos a los padres del bebé.

Sin embargo, la compañía aseguradora -Visión S.A.- presentó quiebra, y Silva no tiene dinero ni propiedades para cubrir semejante suma. Es por ello que el abogado del matrimonio, aseguró que le iniciará juicio a la Superintendencia de Seguros de la Nación.

En la causa se comprobó que Silva conducía "en forma negligente y con un importante exceso de velocidad", explicó Gregorio Dalbón, abogado de la familia del niño El 2 de octubre, el juez civil Juan Carlos Smith, condenó a Silva y a su compañía aseguradora, Visión S.A., actualmente en estado de liquidación, a pagar una indemnización de 1.029.321 pesos por el daño moral causado por el accidente Según Dalbón, se trata de una indemnización récord. "Nunca antes la vida de un bebé había valido tanto para la justicia argentina", apuntó. El último caso había sido a fines de 2002, cuando un fallo judicial ordenó un resarcimiento de 700 mil pesos por un accidente de similares características Como la empresa de seguros no existe más, la familia de la víctima entablará una demanda contra la Superintendencia de Seguros de la Nación, que depende del Ministerio de Economía. La familia acusa a los funcionarios de la Superintendencia de no cumplir con sus deberes y de ser "cómplices por permitir los fraudes de las empresas que se liquidan de la noche a la mañana", sostuvo Dalbón. "Los quiebres no suceden de un día para el otro. En la Superintendencia debieron prever que en los tres meses que pasa de un control a otro podía pasar algo", sostuvo Dalbón Fuentes de la Superintendencia de Seguros dijeron no obstante, que suele ocurrir que en una inspección los resultados permitan a una compañía seguir operando y que en la siguiente se descubra que no operó como correspondía. Los voceros consultados deslindaron responsabilidades del organismo en esos casos. "Lo que ocurrió es lamentable pero no es frecuente que se responsabilice al Estado", evaluaron En la Superintendencia explicaron que lo que correspondería es que la mujer condenada se presente a una "verificación de créditos", que se demuestre que la aseguradora le debe dinero y pueda cobrarlo mediante la subasta de bienes de la firma La aseguradora Visión S.A entró en proceso de liquidación el 5 de mayo de 2001 por orden del Juzgado Comercial N26, según datos del organismo dependiente de Economía "Creemos que se está poniendo de moda, desde hace unos seis años, una pseudo estafa entre particulares y compañías aseguradoras. Muchas se han liquidado y quedan muchas familias sin indemnizar", consideró el abogado (Télam/AR).

Fue una colisión frontal en la ruta 237 y murió un bebé de nueve meses.

Puntos a tener en cuenta

Cuando elija un seguro -de vida, del auto o para su casa- debe saber que el precio no es el único elemento a tener en cuenta. Los servicios y el conocimiento de la compañía y el productor de seguros son fundamentales Algunos aspectos, como la información suministrada en la contratación, la oferta y publicidad de seguros, la venta y el cumplimiento de los contratos están comprendidos dentro de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Debe saber que:

• La compañía: debe estar autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Es importante verificar la situación patrimonial de la empresa y si recibió o tiene sanciones de la Superintendencia.

• El productor: es intermediario y asesor. Deben estar inscriptos en el "Registro de Productores Asesores de Seguro" de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

A continuación, algunos elementos a tener en cuenta al contratar un seguro:

• Debe figurar en forma clara el inicio y el fin de vigencia de la póliza • En algunos casos existen reducciones del capital asegurado • Si hay cláusulas adicionales, qué costo tienen; si existen carencias y/o franquicias o descubiertos a cargo del asegurado No son necesarios los servicios de un abogado o pagarle a un intermediario para reclamar por una póliza de seguro. Simplemente, se debe comunicar con el productor o compañía de seguros. Para reclamar la indemnización deben tener en cuenta que, de acuerdo a cada tipo de seguro, existe un plazo para reclamar el pago.

Para realizar una denuncia, puede dirigirse a la Superintendencia de Seguros de la Nación, Av. Julio A. Roca 721 - (CP 1067) - Buenos Aires-, al tel: (011) 4338-4000 (líneas rotativas), o consultar su página en internet: www.ssn.gov.ar. En la Superintendencia también hay información sobre empresas y productores de seguros habilitados. (Fuente: Defensoría del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires).

 

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