Miércoles 1 de octubre de 2003

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Abren una mediación entre chacareros y empresarios

Los productores podrán utilizar este novedoso mecanismo cuando tengan problemas para cobrar la fruta que vendieron. Acuerdo entre todos los sectores que intervienen en el negocio.

 

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La modalidad de la mediación servirá para que las transacciones de compra-venta de fruta se desarrollen con normalidad.

ALLEN (AA).- A partir de ahora y hasta fin de año, todos aquellos productores que hayan registrado sus contratos o declaraciones de compra-venta de fruta, en el marco de la ley de transparencia, podrán recurrir a un proceso de mediación si surge algún inconveniente en torno de la comercialización de su producción.

El mecanismo está establecido en la ley de Transparencia Frutícola, sancionada a principios de 2002 y en una resolución de la secretaría de Fruticultura que reglamentó los mecanismos que regirán el proceso de conciliación en esta provincia.

Ayer los representantes de todos los sectores ligados a la actividad mantuvieron un encuentro en esta ciudad, donde terminaron de delinear algunos aspectos de la disposición a fin de llevar una información clara a los productores y empresas.

Según se informó, durante la última temporada se formalizaron a través de los registros oficiales alrededor de 2.200 trámites por contratos de compra-venta de fruta que fueron presentados por productores, firmas frutícolas y comercializadoras. Pero también se recibieron más de 600 declaraciones juradas, previstas para el caso de producción integrada, desde diversos puntos de la provincia.

La comisión de seguimiento de la ley de Transparencia evaluó como positiva la adhesión registrada en la pasada temporada, porque "representa alrededor del 60% de los productores ", se apuntó. La legislación contempla la "vinculación jurídica" entre la producción, el empaque, la industria y la comercialización de frutas, a fin de promover un "negocio transparente".

Una de las disposiciones de la normativa 3.611 que aún faltaba instrumentar era el proceso de mediación, sobre el cual muchos chacareros manifestaron su inquietud en torno de su puesta en marcha y funcionamiento.

Por esta razón, se informó que a mediados de septiembre se dictó la resolución que establece el mecanismo y procedimiento para llevar a cabo el nuevo proceso de conciliación. Todos aquellos que requieran la mediación deberán hacer una presentación por escrito a la Comisión de Transparencia del Negocio Frutícola, integrada por representantes del gobierno provincial, los productores, los empresarios de CAFI y CINEX, y legisladores (ver aparte).

"El productor tiene que hacer una presentación formal donde detalla cuál es el problema concreto que tiene, para iniciar el proceso. El planteo se traslada a la otra parte para que brinde una respuesta, y luego se abren instancias de diálogo", indicó el secretario de Fruticultura, Jorge Chiófalo.

"La ley establece que previo a cualquier iniciación de un juicio, quienes hayan presentado sus contratos o declaraciones, deben pasar por el proceso de mediación. Esto puede llevar alrededor de unos 45 días o 60 como máximo", se explicó.

En el ente provincial hasta el momento no se recibió ninguna presentación formal, se señaló. Sin embargo, algunas inquietudes han comenzado a aparecer -se indicó desde el sector productor- respecto a las metodologías de liquidación y clasificación que, a pesar de haber sido plasmadas en los contratos, no se estarían respetando, según se aseguró.

Cómo es el procedimiento

ALLEN (AA).- El artículo 33 de la ley de transparencia comercial es el que establece la modalidad de mediación. Tal procedimiento "promoverá la comunicación directa entre las partes para la solución extrajudicial de la controversia", según precisa la norma.

Para requerir el inicio de esta instancia, los denunciantes deberán hacer una presentación por escrito del reclamo ante la secretaría de Fruticultura, ubicada en Allen, pero dirigida a la Comisión de Transparencia del Negocio Frutícola.

El planteo deberá contener los datos personales y/o comerciales, domicilio del reclamante, DNI, número de inscripción del contrato; el objeto del reclamo; la prueba en que funda su reclamo (documentación correspondiente) y la petición concreta en términos claros y sencillos. El reclamo y su contestación pueden realizarse con patrocinio letrado, pero esto no es indispensable. La apertura del proceso será determinada por la comisión y se notificará del planteo a la contraparte, que deberá contestar por escrito en un plazo de cinco días hábiles.

Luego, en un período no mayor a 15 días, se convocará a una audiencia entre las partes para instar a una conciliación. Habrá sólo dos instancias de debate, y si no se llega a un acuerdo, el perjudicado podrá acudir a la Justicia para buscar una solución a su problema.

En la resolución emitida por el organismo frutícola también se dejó establecido que, dada las características de la actividad, el proceso de mediación "se aplicará a todas las controversias que se susciten por aplicación de la ley 3.611 hasta el 31 de diciembre de cada año, y no se recibirán reclamos de años anteriores".

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