Domingo 14 de setiembre de 2003

La semana en San Martín de los Andes

Contención

Se es lo que se hace, no lo que se dice. No por trillada, la máxima deja de ser menos cierta. La política se funda en valores que apuntan al bienestar general. Así, los discursos recuperan esos principios como certezas que han de guiar la acción de gobierno. Pero en la ejecución, los gobernantes suelen apartarse de aquello que afirman desde las palabras.

Esa discrepancia es, en ocasiones, resultado de una realidad que supera los buenos deseos, y acaso de su pobre comprensión. En otras oportunidades, la diferencia es simple doble discurso.

Un grupo de concejales de San Martín de los Andes se encontró con una realidad que bien cuaja en esta historia de historias disociadas. Un refugio hogar para niños y adolescentes en situación de riesgo, instalado en una vivienda de tres dormitorios en la que, según momento y necesidad, conviven más personas de lo aconsejable, incluyendo a la familia encargada.

Se trata del refugio municipal Samuel Pérez, del barrio El Arenal. Allí van los menores cuya guarda dispone la justicia, por riesgo o violencia familiar. Para decirlo en pocas palabras, niños/jóvenes abusados y/o golpeados, han de buscar resguardo en un sitio donde el hacinamiento se naturaliza por cotidiano.

Según la denuncia, como encargada del refugio hay una mujer que vive con sus hijos en el mismo sitio, y que tiene el beneficio de un aporte municipal. La señora se capacita por sus propios medios. Si bien interviene el servicio de Desarrollo Social, que ha hecho mucho, es de perogrullo decir que al momento de la designación, la señora no podía acreditar la formación requerida.

Desde el municipio se argumenta que fue elegida por su compromiso antes que por su capacitación, pero no parece ser lo mejor que una condición sea suficiente para excluir a la otra.

Cuando por diversos motivos debe dejar la casa, los niños y jóvenes quedan al cuidado de su hija de 17 años. La mujer y su adolescente hija han de tener la mejor de las voluntades, pero no es su empeño el que está en duda.

Tampoco es este un asunto que pueda explicarse sólo por carencia de recursos, sino por la vigencia de una matriz de pensamiento que trata a la marginalidad con más marginalidad barnizada de contención. En términos generales, los niños o jóvenes con problemas de conducta o aquellos en riesgo familiar son marginales para el estado. No por la consideración que se les tiene en discursos y leyes, sino por el trato que se les prodiga.

La justicia aplica los alcances de la innovadora ley 2302 y manda a poner a resguardo a los menores y adolescentes en riesgo, pero luego no hay un lugar adecuado para recibirlos y atenderlos. El caso del refugio Samuel Pérez es quizá paradigmático. A los marginados del afecto se los cuida con marginados del empleo, que a su vez el estado margina de un plan de capacitación, que libra al arbitrio del propio interesado.

A propósito, sería bueno echarle una mirada a la palabra "contención", si es que hablamos de discrepancias entre discursos y hechos. La contención es la acción y efecto de sujetar un impulso o movimiento. Sus sinónimos son retención, sujeción... Sus antónimos, desenfreno, liberación...

Tal vez, tratándose de niños y adolescentes y ya no sólo por el refugio Samuel Pérez, la contención debería trocarse por liberación, aun cuando suene a deseo pueril en contraste con el agobio del día a día. Liberación de encierros psíquicos y físicos a modo de depósitos; liberación de su natural creatividad y espontaneidad, de sus deseos por preguntar y conocer.

No siempre alcanza con techo y comida, aun cuando deba empezarse por allí.

Fernando Bravo

rionegro@smandes.com.ar

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