Viernes 1 de agosto de 2003

Schroh le dio un abrupto final al Consultivo

SAN MARTIN DE LOS ANDES (ASM).- El intendente Sergio Schroh vetó la ordenanza que creó aquí el Consejo Consultivo Social, por entender que sus alcances implican una "intrusión" en las funciones del Ejecutivo, y una "inadmisible delegación" de facultadas conferidas al gobierno municipal por el voto directo de los vecinos.

La ordenanza cuestionada confería a ese cuerpo la función de articular la participación de los distintos organismos, instituciones y ONGs vinculados con el desarrollo de políticas sociales del municipio.

Su aprobación el 27 de junio estuvo dominada por un debate intenso entre los concejales sobre el control de la ayuda social municipal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y fue precedido de varias denuncias sobre irregularidades y acciones de clientelismo, que los funcionarios de esa cartera desmintieron de plano.

El cuerpo surgió de la matriz del hasta entonces Consejo Consultivo del Plan Jefes de Hogar y fue impulsado por el peronismo, que logró la aprobación por seis votos a cinco. De mantenerse esa distribución de opiniones, la bancada del PJ no contaría con los dos tercios necesarios para ratificar la ordenanza vetada ayer.

En los considerandos de su decisión, Schroh apunta que la ordenanza 3.827 "aborda asuntos propios de políticas ejecutivas, que hacen a la modalidad de decisión acerca del manejo de los recursos, destinados por ordenanza a la acción social directa e indirecta".

En ese sentido, señala que la normativa confiere una "inadmisible delegación de facultades a favor de entidades no gubernamentales", lo cual aparece -a juicio del intendente- como una "apertura a la corporativización del municipio, con una inaceptable delegación de poderes en organizaciones no gubernamentales, resignando la municipalidad potestades que son propias e indelegables".

Del mismo modo, Schroh enfatiza que "tampoco resulta claro el alcance de las decisiones de la entidad que crea la ordenanza, sin conocerse si sus pronunciamientos son o no vinculantes para el Ejecutivo y el Concejo Deliberante" "La norma habilita una injerencia extraña y de tipo corporativo en la decisión del destino de los fondos, que por tratarse de recursos municipales provenientes del presupuesto resulta ser una facultad exclusiva, indelegable y concurrente del Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo, según lo dispone la Carta Orgánica", agrega Schroh.

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