Lunes 11 de agosto de 2003
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  Lunes 11 de agosto de 2003
 

Fujimori: ¿peruano o japonés?

 

Por Martín Lozada

  No todos los pedidos de extradición que se formulan en la actualidad están dirigidos a la República Argentina. También el Japón ha recepcionado del gobierno del Perú la solicitud de extradición del ex presidente Alberto Fujimori (1990-2000), quien desde hace casi tres años se encuentra allí autoexiliado.
El ex presidente es requerido por la sala penal de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú. Se le atribuye la coautoría en el homicidio calificado de quince personas, reunidas en una zona céntrica de Lima conocida como "Barrios Altos", en noviembre de 1991. También la coautoría en la desaparición forzada y el posterior asesinato de nueve estudiantes y un profesor de la Universidad Enrique Guzmán y Valle, "La Cantuta", en julio de 1992.
Los documentos y testimonios que componen el cuaderno de extradición contienen indicios razonables que fundamentan las imputaciones contra el ex mandatario, quien habría formado parte durante su mandato de la cadena de mando del escuadrón denominado "Grupo Colina". El mismo que habría intervenido en los homicidios de "Barrios Altos" y "La Cantuta".
El Perú afirma que los delitos que se le atribuyen a Fujimori configuran violaciones graves a los derechos humanos, a normas internacionales de carácter imperativo y crímenes contra la humanidad, que se encuentran sancionados tanto en el ordenamiento legal peruano como en el del Japón. Se cumple así con el requisito de la doble incriminación: se trata de delitos tanto en el país requirente como en el requerido.
Como todo Estado que solicita, el Perú debe cumplir con una serie de requisitos para viabilizar su pedido. Entre ellos se cuenta el de respetar las reglas del debido proceso legal, la independencia de los poderes del Estado y las libertades, derechos y garantías que corresponden a todos sus nacionales. Debe asegurar, además, el efectivo recurso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en caso de que algún derecho se considere conculcado.
El "Caso Fujimori" tiene una atracción especial para los juristas. Sucede que una vez que abandonó el Perú, el acusado tramitó y obtuvo en el 2000 la nacionalidad japonesa. A partir de entonces mantiene una doble nacionalidad, pretendiendo ahora valerse de esta última para evitar ser alcanzado por la extradición en ciernes. La legislación del Japón prohíbe, en principio, la extradición de sus nacionales. Por tal motivo las detenciones que se producen en suelo de aquel país tienen únicamente origen en decisiones emanadas de tribunales propios. Bajo este esquema Fujimori refuerza la tesis de su nacionalidad nipona, a conciencia de que se trata de un argumento jurídico que, de prosperar, le posibilitará sortear cualquier manifestación en materia de cooperación penal internacional.
La Corte Internacional de Justicia tuvo en el asunto "Nottebohm" (1955) la oportunidad de pronunciarse acerca de los elementos a tener en cuenta a la hora de determinar la nacionalidad de una persona. Señaló entonces que debe existir una conexión "efectiva" entre individuo y Estado, un vínculo justificado y cierto que exceda la mera formalidad registral.
Es decir, que en caso de una doble nacionalidad controvertida debe estarse en favor de aquel vínculo real y efectivo que suele manifestarse objetivamente a través de la estancia frecuente, de la elección del país como sede domiciliaria o de establecimiento comercial.
Pero la conexión cierta entre individuo y Estado también se prueba mediante una serie de elementos subjetivos. Y éstos están dados por el sentimiento de íntima identificación con los valores y símbolos de la comunidad nacional, la genuina familiaridad y la existencia de un lazo afectivo-emocional con algún aspecto de la misma.
El criterio utilizado por la Corte Internacional de Justicia en el asunto "Nottebohm" puede resultar de utilidad para determinar cuál es la nacionalidad "efectiva" de Fujimori.
Pero tiene además otra virtud: servirá eventualmente para desenmascarar el artilugio del que ha echado mano en miras a evadir su responsabilidad penal en el Estado donde naciera, se educara, creciera y fuera finalmente su presidente. La campaña internacional montada para agilizar la extradición tiene a Jimmy Carter como a uno de sus más importantes protagonistas. En una carta dirigida al actual presidente del Perú, Alejandro Toledo, el Premio Nobel de la Paz afirmó que "el Sr. Fujimori debe asumir su responsabilidad por las acciones cometidas cuando fue presidente del Perú, y es esencial enviar el mensaje que la corrupción y la violación a los derechos humanos no serán toleradas en este hemisferio o alrededor del mundo".
La Asamblea General de los Estados Americanos (OEA) también ha expresado su apoyo al Perú en su lucha contra la corrupción y la impunidad. Lo hizo en ocasión de su reunión en Santiago de Chile, el pasado 10 de junio, cuando llamó a "dar curso a las solicitudes emanadas de sus autoridades competentes" para así consolidar las instituciones y el estado de derecho. Igual lo ha hecho el Parlamento Latinoamericano (Parlatino) al adoptar una resolución recomendando a la autoridad japonesa extraditar sin demora a Fujimori.
     
     
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