Miércoles 20 de agosto de 2003

Condenaron por estupro a acusado de violación

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Las dudas sobre lo realmente acontecido y sobre el tipo penal que había sido infringido, motivó que los jueces de la Cámara Segunda del Crimen condenaran a dos años de prisión en suspenso a un joven que había sido acusado por violación y debió aguardar el juicio en prisión.

Las contradicciones entre la víctima, el imputado y el principal testigo generaron una plataforma confusa y dificultades para encuadrar los hechos , y ante esas circunstancias los magistrados optaron por calificar el hecho de manera más benigna y en favor del acusado.

El episodio investigado ocurrió el 30 de diciembre de 2002, a las 20 en el paraje Arroyo Las Minas, a 180 kilómetros de Bariloche. Según la acusación, en esa oportunidad Ariel Romero interceptó el paso de una menor de 13 años, la llevó a la orilla del río Chubut contra su voluntad, y la accedió carnalmente, luego vencer su resistencia.

La menor relató que ese día había sido sorprendida por el acusado cuando se dirigía desde la casa de su abuelo a su domicilio. Agregó que en el forcejeo se había roto la bolsa plástica en la que llevaba las compras, e insistió en que había sido reducida y abusada por Romero.

El imputado reconoció que había estado con la chica, pero aseguró que la menor había aceptado su proposición de "hacer el amor". El abuelo de la víctima fue quien terció ante la contradicción, en su carácter de testigo privilegiado, abriendo la posibilidad a la figura del estupro. El hombre relató que sospechaba que "Romero le andaba espiando a la chica", y que ese día se había preocupado porque su nieta debía recorrer sola el kilómetro que separa a ambos domicilios. Por eso salió tras sus pasos. Un poco más adelante encontró a la niña junto a Romero. El hombre declaró que había entendido que la chica estaba de acuerdo, y por eso decidió no intervenir, pero cuando se retiraba fue alcanzado por la víctima, quien le contó que había sido tomada por la fuerza.

Pese a algunas evidencias en contra, los jueces consideraron dudoso el cambio de actitud de la niña, y presumen que improvisó la acusación ante la presencia de su abuelo, pero condenaron a Romero porque los 13 años de la víctima suponen inmadurez para consentir el acto sexual.

 

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