Viernes 18 de julio de 2003

La ordenanza de juicio político, fuente de discordia

Es una figura prevista por la Carta Orgánica que aguardaba ser reglamentada. La norma fue parcialmente vetada por el intendente Quiroga. Pero el Deliberante decidió regresar el expediente al Ejecutivo. El texto establece que la maquinaria de enjuiciamiento se pone en marcha con la mera presentación de una denuncia fundada. Sin embargo, el jefe comunal quiere que se la analice con anterio

NEUQUEN (AN).- El intendente Horacio Quiroga vetó parcialmente la ordenanza que reglamenta el procedimiento de juicio político a los funcionarios municipales pero los concejales lo rechazaron y regresaron el expediente.

Con todo, a modo de buenos oficios, los ediles dicen que considerarán las observaciones efectuadas desde el gobierno municipal.

Entre los artículos más calientes que generaron el rechazo del jefe comunal está el referido al instrumento que da inicio al proceso de juicio político.

La ordenanza establece que la maquinaria de enjuiciamiento se pone en marcha con la mera presentación de una denuncia fundada, a lo cual Quiroga quiere que se la analice con anterioridad a fin de descartar "condiciones subjetivas".

Esta observación "va a ser tomada", garantizó el socialista Humberto Zambón, autor intelectual de la norma consensuada en la comisión de Legislación General y aprobada por unanimidad en el recinto legislativo.

La devolución del expediente fue acordada también por la comisión aunque en minoría, debido a que varios de sus integrantes se tomaron "vacaciones de invierno", si bien en rigor es una de las pocas que funciona en estos días.

Para formalizar el rechazo se ajustó estrictamente al precepto de la Carta Orgánica que estipula que los vetos deben ser remitidos dentro de las 48 horas de producidos y al Concejo Deliberante ingresó a las 72 horas.

El juicio político es una figura creada en la Carta Orgánica que espera ser reglamentada desde su sanción, en agosto de 1995. En estos ocho años los intentos de normatización fueron congelados hasta que, finalmente, la actual composición legislativa la aprobó el pasado 22 de mayo.

El veto del municipio ataca seis artículos de la ordenanza mediante el decreto número 694 del 9 de junio, y devino en nulo porque la comunicación fue tardía, de acuerdo al despacho de comisión suscripto por Zambón, Marisa Marsh (MPN), Carlos Di Camillo (Frente Grande) y Segundo Záccar (peronismo).

Zambón anticipó la intención de la comisión de constituirse en filtro de las denuncias y derivar a la comisión investigadora aquellas que a su juicio tengan entidad suficiente. Acerca del resto de observaciones, el socialista no arriesgó opinión, más allá de indicar que existe "buena predisposición de considerarlas en consenso, no bajo presión", aclaró.

Otro artículo que no le gustó al Ejecutivo es el que dice que el silencio de los funcionarios denunciados implica la aceptación de los cargos formulados y autoriza a la sala a obviar la investigación preliminar. En tono potencial, el municipio arriesgó que esta mecánica "equivaldría a fundar sus resoluciones sobre una presunción surgida de un acto de defensa del acusado y tal cosa violaría, en última instancia, su derecho de de defensa". Y pide expresamente la posibilidad de que el procedimiento sea revisable en sede judicial.

Por lo demás, está firme que las denuncias pueden ser formalizadas por un concejal, un funcionario municipal o un vecino de la ciudad, o por cualquier ciudadano con domicilio fuera de la capital "siempre que demuestre haber sido personalmente afectado por cualquier acto de alguno de los funcionarios sujetos a juicio político, en ejercicio de sus funciones". Pueden ser anónimas y deben estar acompañadas con documentación probatoria o hacer mención del "lugar en que las mismas se encuentren".

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