Viernes 4 de julio de 2003

El TSJ confirmó la absolución del ex diputado Pessino

El recurso de casación presentado por el fiscal Guillermo Elfeambaum fue rechazado por el Tribunal Superior de Justicia, por lo que se confirma la absolución del ex dipu

 

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El ex diputado Luis Pessino (derecha) había sido acusado por diversos cortes de agua sufridos por los vecinos de Andacollo.

CHOS MALAL (ACHM).- El Tribunal Superior de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por el fiscal Guillermo Elfeambaum en la causa en la que el ex diputado Luis Pessino resultó absuelto por el Juzgado de Chos Malal, tras ser acusado por los cortes de agua que afectaron a Andacollo.

"La casación debe ser declarada improcedente" señala la resolución del máximo organismo judicial de la provincia, "donde queda en evidencia que la fiscalía no ofreció las pruebas y que el juez puede hacer uso de ella sólo en el caso de que los demás intervinientes -defensa, ministerio fiscal y/o querellante no la ofrezcan, pero en este caso la defensa sí hizo uso de ese derecho".

La sentencia dictada por el Juzgado de Chos Malal a cargo del juez Miguel Manso que absolvía al ex diputado Luis Pessino de la acusación de usurpación e interrupción de aguas, quedó confirmada.

El intendente de Andacollo, Víctor Sandoval y los concejales, esperaban la resolución de TSJ para insistir nuevamente con que se dé curso al pedido de juri de enjuiciamiento que fue presentado el año pasado luego de que Pessino fuera juzgado y donde quedó en evidencia que el titular de la fiscalía no presentó fotografías y videos que darían cuenta de los cortes de agua.

"Estamos fritos" fue la expresión que Elfeambaum habría manifestado a los concejales cuando estos pidieron explicación de su olvido.

A través de un fallo dictado el 25 de junio pasado, los integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Oscar Massei, Federico Gigena Basombrio, Alejandro Gavernet, Alberto Tribug y Arturo González Ta

boada, decidieron rechazar el recurso de casación presentado por Elfeambaum.

En un tramo de la resolución, señalan que "una responsable lectura del expediente llegado a su despacho" refiriéndose al fiscal "imponía como única conducta procesal ejercer la facultad de examinar las actuaciones, los documentos, las cosas secuestradas si las hubiere y ofrecer las pruebas pertinentes y útiles a la prosecución de la acción penal iniciada".

Seguidamente destacan que ese acto de presentar pruebas "no se cumplió a juzgar por las propias constancias de la causa", mientras que en otro pasaje señalan que "nada produjo la fiscalía".

El fiscal también había puesto en tela de juicio la facultad que tiene el juez de hacer uso de la prueba. En este aspecto, los integrantes del TSJ señalaron que "la ley establece que si nadie ofreciera prueba el juez dispondrá la recepción de aquella pertinente y útil, pero en este caso la defensa de Pessino que fue ejercida por el defensor penal Marcelo Hertzriken Velasco sí realizó el ofrecimiento en tiempo y forma".

"Durante la preparación del debate el tribunal puede hacer uso de ella sólo en el caso de que los demás intervinientes no ofrezcan los medios de prueba a realizar en el debate", dijeron.

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